Juzgado de Garantía de La Ligua.

VICTOR MIGUEL BUSTOS ABARCA C/ JIMY AXEL MAURICIO RODRÍGUEZ ROJAS

Rol

O-1063-2023

Fecha

6 de marzo de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y Teniendo Presente: I.- Que ante este Juzgado de Garantía de La Ligua, tuvo lugar la presente audiencia de procedimiento abreviado con la presencia del fiscal de esta ciudad don José Ramírez Núñez, de la Defensora Penal Pública doña Cynthia Vivanco, y del imputado JIMY AXEL MAURICIO RODRIGUEZ ROJAS, ya individualizado, respecto de quien, el fiscal dedujo acusación por la responsabilidad que le correspondería en el delito de Conducir Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad con licencia de conducir suspendida, hecho previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, agravado por la circunstancia prevista en el artículo 209 inciso 2 de la citada ley, en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado. La acusación se fundamenta en que el día 29 de marzo 2023, alrededor de las 21:55 horas, personal de Carabineros sorprendió al acusado JIMY AXEL MAURICIO RODRIGUEZ ROJAS, conduciendo en estado de ebriedad, por calle Hermanos Aravena Williams, a la altura del número 927 de la comuna de La Ligua, el automóvil marca Volkswagen, modelo Gol G3, patente única YN-6363. En esa oportunidad se constató, además, que el acusado no mantenía su licencia de conducir, ello por cuanto con fecha 19 de octubre de 2021, en causa RIT 955-2021 del Juzgado de Garantía de La Ligua, éste había sido condenado, entre otras sanciones, a la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Practicada en esa ocasión la alcoholemia del rigor al acusado, ésta arrojó un resultado de 1.40 gramos por mil de alcohol en la sangre. A juicio del Ministerio Público, en la especie concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal del artículo 11 N° 9 del Código Penal, si es que el imputado acepta el procedimiento abreviado, como asimismo le perjudica la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal. En definitiva solicita se le aplique la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales

Fundamentos

fundamentos de la solicitud de la Fiscalía admitió a tramitación el procedimiento abreviado, después de interrogar al acusado y verificar su libre, espontánea y plenamente informada voluntad en orden a proceder de esta forma por los hechos antes referidos y teniendo en consideración, además, que la pena solicitada por la Fiscal en la acusación no supera el límite legal de cinco años. Que después de haber oído al Fiscal, quien reafirmó su pretensión y reiteró la acusación formulada, resumiendo los antecedentes en que se funda, se ofreció la palabra a la defensa quien solicitó que se le concediera a su representado la pena sustitutiva de reclusión parcial en su modalidad de domiciliaria nocturna de fin de semana, para lo cual hizo valer un informe social, solicitando además que se le concediera el plazo de 10 días para acompañar el informe de factibilidad técnica. Finalmente solicitó se le concediera cuatro cuotas para el pago de la multa impuesta, sin costas. Acto seguido se procedió a dictar sentencia: CONSIDERANDO: PRIMERO: Que sobre la base del reconocimiento del acusado de los hechos que fundan la acusación, se tiene por establecido que el día 29 de marzo 2023, alrededor de las 21:55 horas, personal de Carabineros sorprendió al acusado JIMY AXEL MAURICIO RODRIGUEZ ROJAS, conduciendo en estado de ebriedad, por calle Hermanos Aravena Williams, a la altura del número 927 de la comuna de La Ligua, el automóvil marca Volkswagen, modelo Gol G3, patente única YN-6363. En esa oportunidad se constató, además, que el acusado no mantenía su licencia de conducir, ello por cuanto con fecha 19 de octubre de 2021, en causa RIT 955-2021 del Juzgado de Garantía de La Ligua, éste había sido condenado, entre otras sanciones, a la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Practicada en esa ocasión la alcoholemia del rigor al acusado, ésta arrojó un resultado de 1.40 gramos por mil de alcohol en la sangre. SEGUNDO: Que los antecedentes de la investigación que han sido aceptados por el acusado y en base a los cuales se dan por establecidos los hechos reseñados son, en síntesis, los que constan en el registro de audio y que se dan por reproducidos en esta parte de la sentencia. TERCERO: Que los hechos señalados en el inciso primero de este

Fallo

fallo configuran el delito de Conducir Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad con licencia de conducir suspendida, hecho previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 Código: FKHKXMYERJF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la Ley 18.290, agravado por la circunstancia prevista en el artículo 209 inciso 2 de la citada ley, en grado de desarrollo de consumado. CUARTO: Que en cuanto a la participación del acusado debe tenerse ella por establecida a título de autor, pues a partir de su reconocimiento y restantes antecedentes de la investigación fiscal se ha establecido que tomó parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal. QUINTO: El Tribunal tendrá presente que perjudica al acusado la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal, esto es, ser reincidente en delito de la misma especie y a su vez le favorece la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal, del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es la de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por haber aceptado este procedimiento abreviado, lo que ha permitido al Ministerio Público solicitar la pena a imponer, en el mínimo al establecido por la ley, al compensar dicha circunstancia atenuante con la agravante esgrimida. SEXTO: Que, en cuanto a la solicitud de la defensa, en orden a conceder cuotas para el pa

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RUC : 2300353580-0 RIT : 1063-2023 DELITO : Conducir Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad con licencia de conducir suspendida. GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : Jimy Axel Mauricio Rodríguez Rojas CEDULA DE IDENTIDAD : 15.817.664-5 DOMICILIO : Calle Mesamavida, Sitio 5, Parcela N° 3, Comuna de Longaví. PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : 12 N°16 d

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