SOCIEDAD DE TRANSPORTES CARRIÓN HERMANOS LIMITADA/
Rol
I-26-2022
Fecha
2 de mayo de 2022
Materia
Otros Reclamos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. I-26-2022, R.U.C. 22-4-0391757-9, seguida en procedimiento monitorio, mediante demanda entablada por don Francisco Leppes López, abogado, en representación de TRANSPORTES CARRIÓN HNOS LTDA, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat 214, oficina 506-507, Antofagasta quien interpone reclamo en contra de la INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, Rut N° 61.502.000-1, representada legalmente por su Inspectora Provincial doña Cecilia González Escobar, todos con domicilio en 14 de febrero N° 2431, piso 4 de esta ciudad. SEGUNDO: Que, no existiendo antecedentes suficientes para que este Tribunal pudiera emitir un pronunciamiento, respecto de la acción incoada, se citó a audiencia de conciliación, contestación y prueba, en la que la reclamada contestó la demanda en forma oral cuyo registro se mantiene en audio. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se alcanzó, por lo que se recibió la causa a prueba y a continuación las partes incorporaron su prueba. CUARTO: Que, mediante resolución 1328/22/14, de fecha 04 de marzo del año 2022, la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta impuso multa a la reclamante por no comunicar personalmente o por escrito al trabajador el término de contrato de trabajo con treinta días de anticipación, infringiendo con ello lo dispuesto en el artículo 162, inciso 4° del Código del Trabajo. QUINTO: Que, con los medios de prueba incorporados en audiencia se ha logrado establecer que 1.- la empresa reclamante puso término al contrato de trabajo del trabajador Miller valencia Tobon con fecha 09 de diciembre de 2021. 2.- que el despido se comunicó por escrito. 3.- que la carta aviso de término contiene la causal de despido y los hechos en los que esta se funda. 4.- que en la carta aviso de despido se estableció como fecha de término del contrato el 31 de dici
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 153, 154, 160 N°3, 162, 163, 168, 172,, 173, 178, 184, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462, 496 a 502, 503 al 504, 505 al 508 del Código del Trabajo, Se resuelve: I.- Que, se acoge la reclamación interpuesta por don Francisco Leppes López, abogado, en representación de TRANSPORTES CARRION HERMANOS LTDA., dirigida en contra de la INSPECCION DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, representada por su inspectora doña Cecilia González Escobar, todos ya individualizados, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N° 1328/22/14 de fecha 04 de marzo de 2022. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. R.U.C. 22-4-0391757-9 R.I.T. I-26-2022 Dictada por doña Yohana María Chávez Castillo, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta, a dos de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente y se remitieron los correos electrónicos a las partes. 4
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PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIA: Reclamo de Multa Administrativa RECLAMANTE: Transportes Carrión Hnos. Ltda RECLAMADA: Inspección Provincial del Trabajo RUC: 22-4-0391757-9 RIT: I-26-2022 _________________________________________/ Antofagasta, dos de mayo del año dos mil veintidós. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. I-26-2022,
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