2º Juzgado Civil de Rancagua

ESCAMILLA/

Rol

V-32-2020

Fecha

4 de febrero de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que a folio N 1, con fecha 04 de febrero de 2020,° comparece Inelia Ang lica Escamilla Montero, chilena, Run N 13.500.379-4,é ° comerciante, domiciliada en Avenida Nueva Einstein N 290, oficina 1110, de la° comuna de Rancagua, expone que es heredera de su padre don Hip litoó Escamilla Arias, Run N 1.058.646-1, fallecido el d a 18 de mayo del a o 1998,° í ñ sin que hasta la fecha se haya solicitado su posesi n efectiva, quedando comoó herederos Hip lito del Carmen Escamilla Ahumada, Run N 4.044.083-6; Sandraó ° Cecilia Escamilla Mercado; Run N 10.213.905-4, Jorge Andr s Cuevas Escamilla,° é Run N 19.332.501-7 y Jos Alfredo Cuevas Bascu an, Run N 11.239.000-6, en° é ñ ° representaci n de su hijo menor de edad Jos Alfredo Cuevas Escamilla, Runó é N 21.373.709-0; por lo que en definitiva se ordena la notificaci n judicial a los° ó herederos del causante para que en plazo fatal de 40 d as declaren si aceptan oí repudian la herencia quedada al fallecimiento de don Hip lito Escamilla Arias.ó SEGUNDO: Que a folios N 31, 32 y 33, constan notificaciones a Hip lito° ó del Carmen Escamilla Ahumada, Run N 4.044.083-6; Sandra Cecilia Escamilla° Mercado; Run N 10.213.905-4, Jorge Andr s Cuevas Escamilla, Run° é N 19.332.501-7 y Jos Alfredo Cuevas Bascu an, Run N 11.239.000-6, en° é ñ ° representaci n de su hijo menor de edad Jos Alfredo Cuevas Escamilla, Runó é N 21.373.709-0, habiendo transcurrido ya latamente el plazo de 40 d as para que° í se pronunciaran sobre si aceptan o repudian la herencia, no compareciendo stosé a informar su decisi n por lo que se procede aplicar la normativa sobre la materiaó del art culo 1232 y 1233 del C digo Civil.í ó Y

Fundamentos

considerando lo regulado en los art culos 1232 y siguiente del C digoí ó Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la petici n formulada con fecha 04 de febrero de 2020,ó por do a Inelia Ang lica Escamilla Montero, chilena, Run N 13.500.379-4 y señ é ° declara repudiada la Herencia y/o legado que le pudiere corresponde a Hip litoó del Carmen Escamilla Ahumada; Sandra Cecilia Escamilla Mercado; Jorge Andr s Cuevas Escamilla, y Jos Alfredo Cuevas Escamilla, menor de edad,é é representado por su padre Jos Alfredo Cuevas Bascu an; de los bienes quedadosé ñ al fallecimiento de don Hip lito Escamilla Arias.ó Reg strese, notif quese, obt nganse copias al tenor de lo dispuesto en elí í é inciso final del art culo 4 de la Ley 20.886.í Dictada por do a Romina Zuloaga Fern ndez, Juez Suñ á brogante Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, cuatro de Febrero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-02-04T14:42:01-0300

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FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-32-2020 CARATULADO : ESCAMILLA/ Rancagua, cuatro de Febrero de dos mil veintiuno Vistos: PRIMERO: Que a folio N 1, con fecha 04 de febrero de 2020,° comparece Inelia Ang lica Escamilla Montero, chilena, Run N 13.500.379-4,é ° comerciante, domiciliada en Avenida Nueva Einstein N 290, oficina 1110, de

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