1º Juzgado de Letras de Calama

INVERSIONES BARRICK CONOSUR SPA/

Rol

V-1183-2020

Fecha

12 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de octubre de 2020, siendo las 23:32 horas, se present don Gonzalo Nieto Vald s, Chileno, casado, Abogado, Rutó é 11.472.232-4, en representaci n de Inversiones Barrick Conosur Limitada, Sociedadó de responsabilidad limitada del giro de su denominaci n, chilena, Rut 76.346.280-3,ó ambos domiciliados en Ricardo Lyon 222, piso 8, Providencia, Santiago; qui né solicita concesi n minera de exploraci n en terrenos abiertos y sin cultivo,ó ó ubicados en la Comuna de Ollague, Provincia de El Loa, Regi n deó Antofagasta. Las coordenadas U.T.M., referidas al Elipsoide Internacional 1924, Datum La Canoa 1956, Huso 19, del punto medio son Norte 7.579.500,00 metros: al Este: 593.500,00 metros. El rea solicitada que se propone explorar tendr la forma de un á á cuadrado, cuyos lados orientados de Norte-Sur U.T.M medir n á 3.000 metros cada uno y Este-Oeste medir n á 3.000 metros, encerrando una superficie de 900 hect reas y elá pedimento se denominar á “SAN PABLO C 9”. Por lo antes expuesto y normas legales que invoca, solicita conceder la concesi n minera de exploraci n, denominada ó ó “SAN PABLO C 9“, sobre una superficie de 900 hect reas. á SEGUNDO: Que, el referido pedimento minero fue inscrito con fecha 14 de Octubre de 2020, a fojas 4.325 bajo el Nº 2.790 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama. TERCERO: Que con fecha 2 de Noviembre de 2020, el pedimento minero se public en el Diario Oficial de la Rep blica, Bolet n Oficial de Miner a,ó ú í í CVE 1838920. CUARTO: Que, mediante ordinario 66, de fecha 7 de enero 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emiti ó el correspondiente informe sin observaciones señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales LLT vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Sin perjuicio de ello, la que ha detectado que la concesión minera de exploración, denominada “SAN PABLO C9” se encuentra próxima a los límites del país y por lo mismo, es posible que alguno de sus vértices se encuentre nacional, por lo que se sugiere se remita oficio a la Dirección de Fronteras y Límites para que evacúe informe al respecto. QUINTO: Que, mediante Oficio N° 133 de fecha 28 de Enero de 2021, la Dirección de Fronteras y Límites emiti ó el correspondiente informe, señalando que, “revisados los antecedentes, utilizando cartografía de la Comisión Mixta de Límites Chile–Bolivia, hoja topográfica Cerro de Tocorpuri y cartografía IGM hoja B-055 Cerro de Tocorpuri, ambas a escala 1:50.000, se puede determinar que: - Para la concesión minera señalada, el Punto Medio y sus vértices V1, V2, V3 y V4 se encuentran en territorio nacional, - Revisado el pol gono, que cubre 900 hect reas, se determina que laí á totalidad de la

Fallo

se declara: I.-Que, se aprueba el plano y se declara constituida la concesi n deó exploraci n minera, denominada ó “SAN PABLO C 9”, con una superficie total de 900 hect reasá , a favor de INVERSIONES BARRICK CONOSUR LIMITADA, ya individualizada. II.-Publ quese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el art culo 90í í del C digo de Miner a y art culo 43 de su Reglamento.ó í í III,-Dese a la interesada copia autorizada de la presente sentencia constitutiva y el original del plano a fin de que se d cumplimiento a lo dispuesto en elé art culo 42 del Reglamento del C digo de Miner a.í ó í VI.-Inscr base esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 d as queí í se ala el art culo 89 del C digo de Miner a, en el Registro de Descubrimientos delñ í ó í LLT Conservador de Minas de esta ciudad y rem tase copia del plano al Conservador deí Minas referido para su archivo. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad arch vese.í í í Rol V 1183-2020 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, doce de Febrero de dos mil veintiuno LLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://ww

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FOJA: 15 .- quince .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : V-1183-2020 CARATULADO : INVERSIONES BARRICK CONOSUR SPA/ Calama, doce de Febrero de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de octubre de 2020, siendo las 23:32 horas, se present don Gonzalo Nieto Vald s, Chileno, casado, Abogado, Rutó é 11.472.232-4, en representa

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