MUÑOZ/UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE
Rol
T-51-2021
Fecha
28 de abril de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 485 inciso 3º CT, Daño moral
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que doña XIMENA AGUILA SILVA, abogada domiciliada en Yungay 783 oficina 25 de la ciudad y comuna de Valdivia en representación de doña ZITA DEL PILAR MUÑOZ JEREZ, Ingeniero Forestal, con domicilio en Parcela N° 55, Quitacalzón, comuna de Valdivia, interpusodemanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral en contra de la UniversidadAustral de Chile, representada legalmente por su Rector Hans Richter Becerra, en los términos del artículo 4 del Código del Trabajo ambos domiciliados en INDEPENDENCIA N° 641, VALDIVIA. Solicitó: 1.- Declarar que se han vulnerado los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Políticade la República en su artículo 19 N° 1, respecto a la integridad psíquica, y el derecho a indemnidadcontenido en el inciso tercero del artículo 485 del Código del Trabajo. 2.- Que esta vulneración ha sido realizada a través de la infracción a lo preceptuado a través de losartículos 2 y 5 del Código del Trabajo, esto es a través de actos de acoso laboral. 3.- Declarar que, como consecuencia de lo anterior, la demandada debe reparar el daño que haocasionado de la siguiente manera, o de la manera que el tribunal considere pertinente de acuerdoal mérito del proceso: - Ordenar que por el daño moral que ha sufrido su representada, y dado que, por tratarse delderecho de indemnidad, que agrava la falta se le pague una suma de $50.000.000(cincuenta millones de pesos) o la suma que el Tribunal determine con el mérito del proceso y enconformidad a la ley. - Ordenar a la denunciada poner término a toda acción que dañe los derechosfundamentales de su representada. 4.- Condenar a la denunciada a pagar una multa de acuerdo a lo establecido en el artículo 495 N° 4 delCódigo del Trabajo. 5.- En su momento informar a la Dirección del Trabajo para la correspondiente publicación de lademandada como infractora de los derechos fundamentales de los trabajadores. 6.- Condenar a la denunciada al p
Fundamentos
considerando la jornada reducida y en ese encuentro ella señala su incompatibilidad para trabajador con doña Norma Huerta y nos envía una carta dirigida a la direccióndonde explica una serie de puntos y argumentos en relación a su incompatibilidad a trabajar con ella y nosotros o yo como director le respondí diciendo que en realidad doña Norma Huerta se había incorporado como apoyo a la dirección y que por sobre todo era mi deber velar por el adecuado equilibrio de vinculación con el medio y que si tenía problemas con ella debía usar los canales institucionales afines. Después conversamos con ella y le dijimos que íbamos a cautelar o dar garantía que ella podría trabajar adecuadamente en el entendido que no podíamos por problemas entre ambas, comenzar a hacer enroques y trataríamos de minimizar, no puedo evitarque se encuentren en el pasillo o estar en alguna reunión. Esa respuesta fue por escrito. Esas medidas que dijo que iba a tomar fueron tomadas, fueron fundamentalmente no la coloqué en ninguna comisión ni grupo de trabajo en que estuviera doña Norma Huerta y por otra parte en misma oficina (estábamos en pandemia y lo estábamos preparando para la vuelta a la presencialidad) tampoco mucho más debido a que el trabajo de cada unidad era en ese sentido autónomo y traté de evitar ponerlas en los mimos equipos de trabajo, pero era importante entender que era físicamente imposible evitar que no se puedan topar al 100%, eso intentamos siempre cumplir. Doña Zita estuvo poco tiempo con esta modalidad parcial, no recuerdo exactamente el tiempo porque ella me lo anunció en una reunión online con don Guido López y allí ella me dice que ya había vuelto al 100 x 100 pero no había recibido yo alguna notificación al respecto. Me parece que me llegó alguna licencia pero no el detalle de informes médicos. Las medidas que adoptó, tuvo a la vista las medidas que sugirió el médico? En realidad lo que señalaba la sraZita es que el médico le señaló que debía evitar estrés y a mí me hacía sentido y lo conversé con el director de personal para no someterla a situaciones de estrés dentro de lo razonable en cuanto a que íbamos a tratar que ella y doña Norma Huerta se toparan lo menos posible. Las recomendaciones del médico no recuerdo si los leí o solo me lo dijo Zita, sí recuerdo que en los correos o cartas que envióZita decía que el médico decía que debía minimizarse las situaciones de estrés. Cuando la demandante se reincorpora ella asume sus funciones y permite aliviar a Claudia Arriagada y ya en paralelo habíamos iniciado una serie de medidas de refuerzo a la unidad de responsabilidad social: contratar profesional de apoyo, acelerar temas financieros como pago a los laborantes, etc. En ese contexto la demandante reinicia sus funciones y comienza a tomar las tareas pendientes y fundamentalmente alguna tareas relacionadas con los proyectos y por sobre todo el programa de UACh inclusiva y otro programa que estaba bastante atrasado. Se le empezaron a dar todos los ref
Fallo
por tanto son nombrados directamente por el Rector. La estructura de la universidad: corporación derecho privado con directorio con facultades más patrimoniales. La máxima autoridad es un Rector que es la máxima autoridad elegida por los académicos, hay un Prorector y tres Vicerrectores. La universidad de organiza en Facultades dirigidas por un Decano de cada Facultad. El representante de la universidad de la para todos los efectos es el Rector. Las autoridades unipersonales de la universidad son el equipo de la Rectoría: el Rector, el Prorector y los tres Vicerrectores más el Secretario General. No hay otra persona con calidad de autoridad? Hasta donde tengo entendido de acuerdo a nuestros estatutos son quienes mencioné, que representan a la universidad. El papel del Consejo Académico: en nuestro esquema la universidad tiene dos cuerpos colegiados, el Directorio con temas patrimoniales y el Consejo Académico con temas académicos. Este último se compone por: Rector, Prorector, tres Vicerrectores, Secretario General, representantes de las 10 Facultades (Decanos), un representante de los estudiantes de pregrado y un representante de los estudiantes de postgrado y 5 académicos elegidos por sus pares. Este Consejo Académico discute todos los temas de implicancia académica de la universidad, es presidido por el Rector quien define la tabla del ConsejoAcadémico. En el Consejo Académico las decisiones se adoptan en general por consenso y sin no por votación a propuesta del Rector qu
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Valdivia, veintiocho de abril de dos mil veintidós. VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que doña XIMENA AGUILA SILVA, abogada domiciliada en Yungay 783 oficina 25 de la ciudad y comuna de Valdivia en representación de doña ZITA DEL PILAR MUÑOZ JEREZ, Ingeniero Forestal, con domicilio en Parcela N° 55, Quitacalzón, comuna de Valdivia, interpusodemanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentale
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