Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ BRYAN ALVARO CASTILLO GUERRERO

Rol

O-924-2023

Fecha

28 de febrero de 2024

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el veintitrés de febrero pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez, quien presidió, Ingrid Castillo Fuenzalida y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RUC Nº 2300380636-7, RIT Nº 924-2023, seguida en contra del acusado BRYAN ALVARO CASTILLO GUERRERO, ecuatoriano, cédula de identidad de extranjeros N° 23.713.363-3, soltero, nacido el 13 de octubre de 1997 en Guayaquil, Ecuador, 26 años, soldador, con domicilio en Campamento Desierto Florido, casa 201, Antofagasta. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la fiscal Javiera Arqueros Fuentes, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal licitado, Sergio Balcázar Arias, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 14 de diciembre de 2023, proveniente del Juzgado de Garantía de esta ciudad, son los siguientes: “El día 06 de abril del año 2023, siendo las 13:20 horas aproximadamente, funcionarios de carabineros de la segunda Comisaría fueron alertados que en calle Pantaleón Cortes esquina Los Leones se encontraba el imputado a bordo de la camioneta marca Chevrolet, modelo Luv, color rojo, año 1997, Placa patente Código: KNHXMWCYPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 PZ-3982, quien se encontraría amenazando a los peatones que transitaban por el lugar y provisto de un arma al parecer de fuego, es por ello que carabineros concurre hasta este lugar y sorprende al imputado manteniendo en su poder una pistola tipo fogueo y además dos cartuchos convencionales marca CBC, marca Rp en buen estado de conservación y aptos para el disparo conforme informe balístico emanado de Labocar.” (sic) Según el Ministerio Público, los hechos descritos constituyen el delito consumado de porte ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la Ley Nº 17.798, en el cual se le atribuye al encartado participación criminal en calidad de autor directo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que no perjudica ni beneficia al acusado circunstancias modificatorias de responsabilidad, por lo que solicitó se imponga la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, además de las accesorias legales, costas y comiso. En su alegato de apertura el Ministerio Público expuso que con la prueba que se rendirá se podrá demostrar tanto el hecho consignado en la acusación como también la participación del acusado. Todo lo anterior permitirá arribar a un veredicto condenatorio. TERCERO: Que, en su intervención de apertura, la defensa señaló que solicitará la absolución del acusado ya que la prueba de cargo se

Fallo

por tanto no estaban ocultos para sus ocupantes, especialmente para su conductor, ya que precisamente estaba bajo el volante, de manera que se configuraron los elementos típicos de la figura penal en examen, lo que se hacía sin contar con autorización para ello de parte de la Dirección General de Movilización Nacional, lo cual pudo acreditarse a través del respectivo oficio N° AF ANTOF Nº 43 de fecha 21 de abril del 2023 incorporado en el juicio a través de su lectura y en la cual se afirma por parte de la entidad fiscalizadora que el acusado no estaba a esa fecha autorizado para la tenencia o porte de armas de fuego y/o municiones. DÉCIMO: Que, análogamente, los elementos de convicción analizados en los motivos que anteceden, llevan al convencimiento del tribunal, más allá de toda duda razonable, que el acusado actuó en calidad de autor ejecutor en el delito establecido precedentemente, desde que tomó parte en su ejecución de una manera inmediata y directa. En efecto, comprueban el tópico en mención, los asertos claros y concretos del Carabinero Ivar Adaros, que declaró en el juicio, quien fue categórico al afirmar que el día en examen, personalmente llevó a cabo la fiscalización del automóvil donde se encontraba el acusado Castillo Guerrero, a quien reconoció en audiencia, efectuó el registro del automóvil y Código: KNHXMWCYPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 el hallazgo de las municiones por lo que de

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1 Antofagasta, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el veintitrés de febrero pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez, quien presidió, Ingrid Castillo Fuenzalida y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RUC

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