MP C/ CARLOS ERNESTO ARRIAGADA MOYA
Rol
O-20-2024
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintidós y veintitrés de febrero del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RUC N°2300161597-1, RIT 20-2024, en contra de imputado CARLOS ERNESTO ARRIAGADA MOYA, cédula de identidad N°17.562.509-7, nacido en Santiago, el 17 de junio de 1989, 34 años, comerciante ambulante, cuarto medio rendido, domiciliado en Calle Libertad N° 07, Caleta El Blanco, Lota. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal, Hugo Antonio Cuevas Gutiérrez, domiciliado en Freire 181, comuna de Coronel; en tanto la defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública, Catalina Elena Poblete Pérez, quien lo hace acompañada del postulante de la de la Defensoría Penal Pública, Raúl Castillo Hernández, ambos domiciliados en calle Cousiño 192, Lota. SEGUNDO: Que la acusación, objeto del juicio, contenida en el auto de apertura proveniente del Juzgado de Garantía de Concepción es del siguiente tenor: HECHO UNO: “El día 11 de febrero del año 2023 aproximadamente a las 00:15 hrs. los imputados Carlos Ernesto Arriaga Moya y Felipe Eduardo Valdebenito Valdebenito, debidamente concertados se dirigieron a la empresa Placacenter Masisa, ubicada en calle Juan Antonio Ríos 2261 de Coronel, debidamente premunidos de un carro de supermercado, mientras Valdebenito vigilaba en el exterior, Arriagada ingresó escalando y saltando el cierre perimetral de la empresa y procedió a sustraer diversas piezas de madera, las que posteriormente cargó en el carro, huyendo del lugar ambos con las especies en su poder. Posteriormente a las 02:10 hrs. los imputados nuevamente vuelven con el carro a la misma empresa, procediendo nuevamente Arriagada a ingresar al recinto saltando y escalando el cierre perimetral, mientras Valdebenito recibió y recepcionó una viga de madera de 4x4” y 3,40 metros de largo, Arriagada apiló otras vigas de madera de similares características, ya fuera del establecimiento, momentos que fueron sorprendidos por funcionarios de la PDI quienes procedieron a la detención de los imputados en las circunstancias señaladas.” (SIC) HECHO DOS: El día, 18 de abril de 2023, a las 13:40 hora aproximadamente, en el domicilio particular ubicado en interior de la Toma 3 de enero, lote N° 84, Sector Lagunillas, Coronel, el imputado CARLOS ERNESTO ARRIAGADA MOYA, procedió a ingresar al domicilio de la víctima Natalie Andrea Cabrera Osorio, forzando la puerta de madera de ingreso del domicilio, una vez en el interior procedió con ánimo de lucro y sin la voluntad de la víctima, a sustraer y apropiarse de distintas especies que estaban en su interior de propiedad de la víctima: Específicamente, un balón de gas de 5 kilos, marca Gasco color Código: CJCXXMQXVGB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 blanco, un parlante musical color negro, master G, un parlante pequeño, una máquina para cortar pelo marca surker, un cargador portátil, 07 celulares ma
Fallo
por estas dos personas, Marco y Marcelo; la vecina Eillén se acerca percatándose que los vecinos mantenían retenido a la persona, lo que comunica a la propietaria del inmueble, Natalie, por WhatsApp diciéndole que habían entrado a robar a su casa. Al recibir este mensaje concurre de inmediato a su domicilio percatándose al llegar que las especies recuperadas eran de su propiedad, lasque avaluó en la suma de $ 100.000, las que fijaron fotográficamente. Al corroborar que el inmueble era habitado ya que mantenía baño, dormitorio y cocina se procedió a la detención del individuo conforme a lo señalado. Reconoce al imputado como la persona a quien se ha referido, individualizado como Carlos Arriagada, Finalmente, se comunicó la situación al fiscal de turno vía telefónica, quien solicitó algunas instrucciones específicas; devolución de las especies a su propietario, acta de preexistencia, de daños y avalúo y fijación fotográfica de los daños indicados por la propietaria, especialmente la fuerza en la puerta del inmueble. Se le exhiben fotografías contenidas en el set 3.1 de otros medios de prueba consistente en, N°1, 3 imágenes correspondiente a las especies sustraídas, consistentes en un cilindro de gas, dos mochilas, 7 teléfonos en mal estado, un parlante y una máquina de cortar pelo, que al llegar al sitio del suceso estaban apartadas por los vecinos para que la víctima las reconociera; N°2 y 3, las mismas especies. También se le exhibe la fotografía N°2 del set 3.2, de otros
Texto Completo (Preview)
1 Concepción, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintidós y veintitrés de febrero del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RUC N°2300161597-1, RIT 20-2024, en contra de imputado CARLOS ERNESTO ARRIAGADA MOYA, cédula de identidad N°17.562.509-7, nacido en Santiago, el 17 de junio de 1989, 34 años, comercia
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica