ALVEAR/VILLALOBOS
Rol
T-26-2021
Fecha
28 de abril de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, comparece Aniel Adrián Alvear Hernández, maestro pintor, domiciliado en calle Rio San Pedro N°490, Viña del Mar, quien interpone denuncia por vulneración de sus garantías y derechos constitucionales, con ocasión del despido, en contra de la empresa PROFESSIONAL SERVICES SPA, del giro de servicios en la construcción, representada legalmente por Sebastián Villalobos Sánchez, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Ignacio Carrera Pinto N°0438, comuna de Villa Alemana, y en contra de Sebastián Villalobos Sánchez, factor de comercio, con domicilio para estos efectos en calle Ignacio Carrera Pinto N°0438, comuna de Villa Alemana, solicitando se acoja la denuncia en todas sus partes y se condene a las denunciadas al pago de indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $466.240; indemnización adicional procedente conforme con el artículo 489 del Código del Trabajo, por la suma equivalente a 11 meses de remuneración, esto es, $5.128.640 o la suma que el tribunal determine; indemnización del daño moral por la suma de $10.000.000 o la que el tribunal determine, todo con intereses, reajustes y costas. En cuanto a la relación laboral, refiere que, con fecha 02 de agosto de 2021 ingresé a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para las denunciadas, sin que se le entrega copia del contrato de trabajo. Por otra parte, indica fue contratado como maestro pintor y yesero para desempeñarse en la ciudad de San Felipe, proveyendo las denunciadas alojamiento en dicha ciudad, con una jornada de 45 horas semanales y una remuneración de $466.240 brutos mensuales, y fijándose un plazo de vigencia del contrato hasta el 20 de agosto de 2021. En cuanto a la vulneración de derechos, refiere que con fecha 06 de agosto de 2021, su jefe Sebastián Villalobos, le ordenó realizar trabajo de pintado de fachada exterior en altura sobre un andamio, pero que el denunciante se habría negado por considerar que su seguridad estaba comprometida al no contar con experiencia y certificación para trabajar en altura, y sin contar con los implementos de seguridad necesarios. Posteriormente, su jefe se le acercó para reprocharle que por su culpa hubiera perdido el trabajo, debido a su negativa a trabajar. Indica que, ese mismo día al finalizar la jornada, se les dio la posibilidad de volver a sus hogares por el fin de semana, pero como el denunciante no tenía los recursos para regresar, se le dio la opción de quedarse en el alojamiento proporcionado por la empresa. Sin embargo, cerca de las 20:00 horas le golpean y patean fuertemente la puerta de la habitación en la que estaba, escuchando fuertes gritos e insultos, y al abrir la puerta de manera sorpresiva e inmediata, sin alcanzar a reaccionar o protegerse, con mucha fuerza recibió un fuerte golpe de puño en su rostro de parte del dueño de la empresa, y su mi jefe, Sebastián Villalobos, quien lo habría golpeado y tirado al piso, agregando que se encontraba en c
Fallo
se acuerda, que ellos contrataron al testigo primero, que Aniel es su hermano y él le ofreció la pega, que fueron a San Felipe, que el testigo trabajó primero en Villa Alemana y ahí conoció a Sebastián Villalobos, quien le dijo que tenía una pega para Los Andes y necesitaba una cuadrilla, y pensó en su hermano, y eran buenas las moneditas y se fueron a San Felipe, que ellos hacían lo que era yeso y pintura, hacían un poco de todo, que cree que fue en 2 de agosto que empezaron a trabajar con él hasta el 6 de agosto, fueron 4 días, el hombre tenía otros cabros trabajando en la fachada y se fueron el día jueves y el viernes llamaron al jefe y quedaban ellos ahí, pero se tenían que ir el viernes y Aniel se fue a la fachada, pero el necesitaba las monedas y como no fue, el hombre les dijo que le habían quitado el trabajo, pero ellos trabajaban en interiores y no tenían capacitación para trabajar en la fachada, que Aniel se quedó en la casa, que los cárcamos son lo que afirman el andamio y hay que tapar los hoyos que deja y esa era la tarea que hicieran, pero uno no se puede arriesgar, que el testigo se vino y el hombre se puso alterado y después lo llamó, pero era culpa de él, porque sabía que tenían que sacar esa pega, por qué les dio salida el jueves, que Aniel se quedó en la residencial de San Felipe, después el hombre llegó en la noche alterado y se le tiró encima para agredirlo, porque decía que habían pedido el trabajo por culpa de ellos, el hombre se desquitó, porque fue a
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Villa Alemana, veintiocho de abril de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que, comparece Aniel Adrián Alvear Hernández, maestro pintor, domiciliado en calle Rio San Pedro N°490, Viña del Mar, quien interpone denuncia por vulneración de sus garantías y derechos constitucionales, con ocasión del despido, en contra de la empresa PROFESSIONAL SERVICES SPA, del giro de servicios en la co
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