Juzgado de Garantía de La Ligua.

BRIAN ALEXIS OLIVARES IBACACHE C/ FELIPE ESTEBAN LIEMPI ARCOS

Rol

O-778-2023

Fecha

26 de febrero de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69 y 70 del Código Penal; 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; la Ley de Tránsito; ya las normas pertinentes de la Ley 18.216;

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a don FELIPE ESTEBAN LIEMPI ARCOS, cédula de identidad N° 19.747.134-4, domiciliado en pasaje María Pinto N° 427, comuna de Maipu, Santiago; a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la INHABILIDAD PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR SEIS MESES; en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado a sabiendas con placas patentes adulterada, prescrito y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, cometido el día 2 de mayo de 2023, en la comuna de La Ligua. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS SANTIAGO OCCIDENTE, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, el día 11 de marzo de 2024, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Código: YNHEXMXXSXX Este documento tiene firma electrónica

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49,

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