GLENCORE EXPLORACIONES LIMITADA/
Rol
V-72-2020
Fecha
30 de enero de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 con fecha 13 de julio de 2020, comparece Mar a Ver nica Baraona delí ó Pedregal, chilena, casada, abogado, c dula de identidad é N 4.779.472-2º , en representaci n de ó Glencore Exploraciones Limitada, empresa constituida en Chile, del giro de su denominaci n, ó Rut N 76.673.680-7º , ambas domiciliadas en Costanera Sur 2730, piso 17, Torre B, Las Condes, Santiago, presentando pedimento minero que denomin ó ANDES II 7. Se ala que en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la comuna de ñ San Esteban, provincia de Los Andes, Regi n de ó Valpara so, í he encontrado manifestaciones de sustancias concesibles, por lo cual vengo en presentar un pedimento con el objeto de constituir a favor de mi representada una concesi n de exploraci n que denominaró ó é ANDES II 7. El Punto Medio de la cara superior del pedimento est ubicado en la intersecci ná ó de las coordenadas U.T.M. Norte: 6.392.500,00 metros, Este: 371.500,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Zona 19. El pedimento tendr la forma de un rect ngulo, una orientaci n Norte-Sur U.T.M., unaá á ó superficie de 300 hect reas de terreno con á 3.000 metros de largo en el sentido Norte-Sur por 1.000 metros de ancho, en el sentido Este-Oeste. Dicho pedimento fue inscrito con fecha 22 de julio de 2020, a fojas 283 N 140 en° el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Andes, del a o citadoñ y cuya inscripci n fue publicada ntegramente en el Bolet n Oficial Minero, con fecha 6ó í í de agosto de 2020, dentro de los 30 d as siguientes a la resoluci n que as lo orden , loí ó í ó cual consta a folio 6. A folio 6, consta el pago de la tasa del pedimento y la patente proporcional, en tiempo y forma. A folio 9, inform favorablemente el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a,ó í í oficio ORD N 2071, con fecha 24 de noviembre de 2020, expresando que los aspectos° t cnicos relacionados con la solicitud y el plano de la referida concesi n, se ajustan a
Fundamentos
considerando: Primero: Que se cumpli ó con todos los trámites y situaciones establecidas en la ley, en tiempo y forma. Segundo: Que no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. Tercero: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni caducidades que lo anulen. Cuarto: Que en estas circunstancias y atendido a lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, corresponde declararla constituida la concesi n. ó Con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, además, en los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 40, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 89 y 90 del Código de Minería,
Fallo
se declara: I.- Que se declara constituida la concesión de exploración, denominada ANDES II 7 de una superficie de 300 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. de los vértices de su perímetro y del punto medio son las siguientes: PUNTO O VERTICE NORTE UTM (m) ESTE UTM (m) PM 6.392.500,00 371.500,00 V1 6.394.000,00 371.000,00 V2 6.394.000,00 372.000,00 V3 6.391.000,00 372.000,00 V4 6.391.000,00 371.000,00 II.- Que se otorga la concesión constituida a favor de Glencore Exploraciones Limitada, ya individualizado precedentemente. III.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Andes. IV.- Se aprueba el plano acompañado a folio 6 y archívese una copia de él en el oficio del Conservador de Minas citado. V.- Publíquese en extracto esta sentencia antes de proceder a la inscripción ordenada en el No III, y; VI.- Ejecutoriada esta sentencia remítase copia de ella, asimismo original del plano de folio 6, al Servicio Nacional de Geología y Minería de Quilpué. Anótese y dese copias autorizadas, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N ° V-72-2020 Pronunciada por Fernando Alvarado Peña, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, treinta de Enero de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : V-72-2020 CARATULADO : GLENCORE EXPLORACIONES LIMITADA/ Los Andes, treinta de Enero de dos mil veintiuno Visto: A folio 1 con fecha 13 de julio de 2020, comparece Mar a Ver nica Baraona delí ó Pedregal, chilena, casada, abogado, c dula de identidad é N 4.779.472-2º , en representaci n de ó Glencore Exploracione
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