Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

C/ JUAN DAVID BUITRAGO MONCADA

Rol

O-702-2023

Fecha

26 de febrero de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, son los siguientes: “Con fecha 15 de abril de 2023, aproximadamente a las 18:30 horas, en circunstancias que personal policial efectuaba fiscalizaciones vehiculares aleatorias en calle Las Maravillas frente al número 175, Reñaca Alto, Viña del Mar, Código: DRDMXLXEJYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 hacen parar una motocicleta PPU PXJ.84 que hace caso omiso de la indicación, dándose a la fuga con dos ocupantes a bordo por calle SAN Pedro de Atacama, por lo que se inicia un seguimiento y al llegar a Pasaje Las dunas esquina calle Mar del Sur, el conductor y su acompañante descienden intentando huir. EN esas circunstancias el conductor identificado como JUAN DAVID BUITRAGO MONDACA, arroja una bolsa nylon transparente que posteriormente se determinó contenía una sustancia rosada (39,5 gramos netos de KETAMINA) y otra bolsa de papel tipo aluza que contenía marihuana (10,2 gramos netos de CANNABIS SATIVA) y 7 bolsas nylon contenedoras de una sustancia rocosa color café (6,9 gramos netos de MDMA EXTASIS Y CAFEÍNA), mantenía además $ 21.000 en efectivo producto de las ventas y un celular para tales efectos. Por su parte, el acompañante identificado como KEVIN STEVE ZAPATA MUÑOZ, mantenía una bolsa blanca transparente contenedora de una sustancia color blanco (9,8 gramos netos de KETAMINA) y una pesa gramera, digital. Atendidas las circunstancias, cantidad, naturaleza y dosificación de la droga, ésta estaba destinada a ser transferidas a terceros, excluyendo su consumo personal y próximo en el tiempo”. (sic) A juicio de la Fiscalía, los hechos son constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4, en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley N° 20.000, ilícitos en el cual se atribuye a los acusados participación en calidad de autore

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Con fecha veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la juez presidente doña MARÍA LUISA RÍOS LATHAM y los magistrados doña CLAUDIA PARRA VILLALOBOS y don FERNÁN RIOSECO PINOCHET, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral RIT N° 702- 2023, seguido en contra de JUAN DAVID BUITRAGO MONCADA, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 26.192.504-4, nacido en la ciudad de Pereira, Colombia, de nacionalidad colombiana, DNI CC1088354988, nacido el 15 de mayo 1999, 24 años, sin apodos, soltero, estudios medios, ayudante instalador, con domicilio en calle La Costa, Block 6, departamento Nº 11, sector Mirador de Reñaca, Viña del Mar; y de KEVIN STEVE ZAPATA MUÑOZ, DNI N° 1088323655, cédula nacional de identidad N° 14.869.660-8, de nacionalidad colombiana, nacido en Pereira, Colombia, el 19 de octubre de 1994, 29 años, soltero, apodado “parcero” o “Colombia”, estudios medios, universitarios incompletos, pintor y gásfiter, con domicilio en calle Jardín del Mar, manzana 28, casa Nº 1, Viña del Mar. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de Viña del Mar representado por la fiscal adjunto doña Paola Rojas Caro, mientras que la defensa estuvo a cargo de los defensores penales privados don Manuel Tapia Vásquez (por Zapata) y don Gabriel Paz Miquio (por Buitrago), todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, son los siguientes: “Con fecha 15 de abril de 2023, aproximadamente a las 18:30 horas, en circunstancias que personal policial efectuaba fiscalizaciones vehiculares aleatorias en calle Las Maravillas frente al número 175, Reñaca Alto, Viña del Mar, Código: DRDMXLXEJYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 hacen parar una motocicleta PPU PXJ.84 que hace caso omiso de la indicación, dándose a la fuga con dos ocupantes a bordo por calle SAN Pedro de Atacama, por lo que se inicia un seguimiento y al llegar a Pasaje Las dunas esquina calle Mar del Sur, el conductor y su acompañante descienden intentando huir. EN esas circunstancias el conductor identificado como JUAN DAVID BUITRAGO MONDACA, arroja una bolsa nylon transparente que posteriormente se determinó contenía una sustancia rosada (39,5 gramos netos de KETAMINA) y otra bolsa de papel tipo aluza que contenía marihuana (10,2 gramos netos de CANNABIS SATIVA) y 7 bolsas nylon contenedoras de una sustancia rocosa color café (6,9 gramos netos de MDMA EXTASIS Y CAFEÍNA), mantenía además $ 21.000 en efectivo producto de las ventas y un celular para tales efectos. Por su parte, el acompañante identificado como KEVIN STEVE ZAPATA MUÑOZ, mantenía una bolsa blanca transparente contenedora de una sustancia color blanco (9,8 gramos netos de KET

Fallo

En virtud de lo razonado en los basamentos que anteceden, la pretensión formulada por la defensa de Zapata Muñoz en orden a librar sentencia absolutoria a su favor será desestimada, habida consideración de los argumentos proporcionados por el tribunal en los basamentos que anteceden. En cuanto a la declaración en juicio de los acusados, se tiene que Zapata Muñoz negó su participación en los hechos, rechazando haber tenido droga al momento de su detención, como también haber portado una pesa gramera en su poder, todo lo cual fue desmentido por el funcionario de Carabineros Cristopher Abarca Saavedra, cuyo testimonio se estimó mucho más verosímil que el relato de los acusados. En efecto, si se lee con detenimiento las respectivas declaraciones de los acusados, se tiene que ambos armaron un relato y una versión de los hechos tendiente a exculpar a Zapata Muñoz, debido a que a él lo perjudicaría una agravante según la acusación del Ministerio Público. Por lo demás, si la intención de Buitrago Código: DRDMXLXEJYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 16 era concurrir a una fiesta en el Mirador de Reñaca, no tiene sentido que haya subido por calle Toro Herrera en dirección a Recreo, Viña del Mar, pues dicho sector de la ciudad está bastante alejado del lugar al que supuestamente se dirigía. Y también es sospechoso que justo se encontrara con Zapata Muñoz cerca de la pizzería que hay en la intersección de las calles T

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1 C/ JUAN DAVID BUITRAGO MONCADA KEVIN STEVE ZAPATA MUÑOZ DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA RUC Nº 2300411945-2 RIT N° 702-2023.- Viña del Mar, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Con fecha veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña d

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