2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

VÉLIZ/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

Rol

C-5732-2019

Fecha

30 de enero de 2021

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO : PRIMERO: Que, a folio 01 comparece don Juan Santiago Veliz Ossandon, Ingeniero Eléctrico, con domicilio en calle Serrano N° 660, quien interpone demanda de prescripción extintiva en contra del Fisco de Chile, representado por el abogado provincial don Juan Carlos Gacitúa Arriagada, ambos con domicilio en calle San Martin N° 2569, Antofagasta. Señala que, Tesorería Regional de la República mantiene en sus registros la existencia de deudas por concepto de impuestos, formularios 21 y 29, conforme al siguiente detalle: Folio vencimiento total 51832712 25-03-03 $2.444.189.- 52846101 30-05-01 $3.807.804.- 53363760 30-05-00 $2.947.703.- 62845815 12-01-00 $1.833.080.- 62848365 12-05-00 $12.029.586.- 62849105 12-02-01 $918.709.- 62849825 14-05-01 $4.568.648.- 62850645 12-06-01 $1.973.041.- 62851735 12-07-01 $1.823.198.- 62852845 13-08-01 $2.392.782.- 62853805 12-09-01 $3.202.061.- 62854505 12-10-01 $2.298.076.- 62856065 12-11-01 $3.354.169.- 101214833 00-00-0000 $29.739.- 41037425 13-01-03 $58.486.- 41169865 12-03-02 $14.357.454.- 41170065 12-04-02 $2.450.926.- 41170275 13-05-02 $8.628.368.- 48021525 12-05-03 $29.860.- 97461495 12-07-04 $29.887.- DEUDA TOTAL $69.177.766.- Indica que, del detalle anterior se desprende que las obligaciones reseñadas se encuentran prescritas, ya que, las obligaciones se hicieron exigibles en diferentes fechas, siendo la primera y más antigua la del 12 de Enero del año 2.000 y la última y más reciente la del 12 de Julio del año 2.004, operando 1 la prescripción extintiva respecto de las obligaciones referidas. Solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario, en contra de la Tesorería Regional de Antofagasta, y declarar que las obligaciones descritas en el cuerpo de esta demanda, se encuentran prescritas, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, a folio 09 comparece don Marcos Vicencio Ramos, Abogado, en representación de la Tesorería General de la República quien expone que el actor es deudor moroso de impuesto fiscal como indica el siguiente detalle 1.- Expediente administrativo Nº502-2.004, Formulario 21, el que se encuentra en etapa de Depositario alzado y la deuda es la siguiente: Folio vencimiento Monto Deuda Demandado Saldo Deuda 51832712 25-03-03 $1.172.060.- $338.319.- 52846101 30-05-01 $465.628.- $465.628.- 53363760 30-05-00 $335.011.- $335.011.- 62845815 12-01-00 $202.231.- $202.231.- 62848365 12-05-00 $1.367.181.- $1.367.181.- 62849105 12-02-01 $110.695.- $110.695.- 62849825 14-05-01 $558.666.- $558.666.- 62850645 12-06-01 $243.153.- $243.153.- 62851735 12-07-01 $226.320.- $226.320.- 62852845 13-08-01 $298.169.- $298.169.- 62853805 12-09-01 $399.646.- $399.646.- 62854505 12-10-01 $290.077.- $290.077.- 62856065 12-11-01 $427.975.- $427.975.- 2.- Expediente administrativo Nº558-2.005, Formulario 29, el que se encuentra en etapa de notificación de la segunda etapa de cobranza judicial, y la deuda es la siguiente: Folio Vencimiento Monto Deuda Demandado Saldo Deuda 41037425 00-00-0000 $

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170 y 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 1.698 y 2.503 del Código Civil y artículo 177, 200 y 201 del Código Tributario, se declara I.- Que, se accede a la demanda deducida por don Juan Santiago Véliz Ossandón, en contra del Fisco de Chile, representada por el Abogado Provincial don Juan Carlos Gacitúa Arriagada; y en consecuencia se declaran prescrito el cobro de los impuestos que dan cuenta los expedientes administrativos rol 502- 04 y Rol 558-05, seguidos en contra del contribuyente. II.- Que cada una de las partes deberá pagar sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese digitalmente en su oportunidad. Rol C-5.732-2.019. Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. En Antofagasta, a treinta de Enero del año dos mil veintiuno, se anotó en el estado diario la presente sentencia de acuerdo a lo 6 previsto en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. 7 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-01-30T13:36:23-0300

Texto Completo (Preview)

CAUSA ROL : C-5.732-2.019. CARATULADO : VELIZ / FISCO DE CHILE. MATERIA : HACIENDA, PROCEDIMIENTO CUANTIA SUPERIOR. CÓDIGO : P08A. DEMANDANTE : JUAN SANTIAGO VELIZ OSSANDON. R.U.N. : 13.781.096-4. DEMANDADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA. R.U.T. : 60.805.000-0. FECHA INICIO : 05.11.2.019 Antofagasta, a treinta de Enero del año dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO : PRIMERO: Que,

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