Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/

Rol

V-829-2019

Fecha

1 de febrero de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 13 de junio de 2019, don David Herrera Arellano, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.779.035, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT: 76.097.760-K, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N° 1881, oficina 2004, Providencia, Santiago, solicitó 20 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, sobre una superficie total de 200 hectáreas, a las que denominó “AKIRA 31A 1 AL 20”, ubicadas en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 2921 N° 1543, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 25 de junio de 2019 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.404 de fecha 15 de julio de 2019, agregado con fecha 15 de enero de 2020. TERCERO: Que con fecha 15 de enero de 2020, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 16 de enero de 2020, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la referida manifestación la del pedimento, esto es, el día 02 de septiembre de 2016. CUARTO: Que con fecha 27 de enero de 2020, en edición N° 42.563, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal, acompañado con fecha 23 de julio de 2020. QUINTO: Que con fecha 08 de septiembre de 2020, se acompañó acta de mensura en que consta que se solicitaron y se mensuraron 20 pertenencias con una superficie de 200 hectáreas, con el nombre de “AKIRA 31A 1 AL 20”, ubicadas en la Segunda Región de Antofagasta, provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal, Sector Cordillera de Domeyko. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: Foja: 1 VÉRTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.189.000,00 500.000,00 L2 7.189.000,00 501.000,00 L3 7.187.000,00 501.000,00 L4 7.187.000,00 500.000,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.188.000,00 mts.; ESTE 500.000,00 mts. SEXTO: Que la operación de la mensura, fue practicada en forma correcta, según informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N°7248, de fecha 04 de diciembre de 2020, el cual se encuentra agregado con la mis fecha. SÉPTIMO: Que

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Que por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “AKIRA 31A 1 AL 20”, ubicadas en la región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, comuna de Taltal, Cordillera de Domeyko, con una superficie total de 200 hectáreas, a favor de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal. Entréguese al interesado el original del plano de mensura y una copia del

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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-829-2019 CARATULADO : MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01) NOMBRE : “AKIRA 31A 1 AL 20” FECHA DE INGRESO : 13 DE JUNIO DE 2019. FECHA A.P.F. : 07 DE DICIEMBRE DE 2020. Taltal, uno de febrero de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con f

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