Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

AUTOFIN S.A./DIRECCIÓN DEL TRABAJO INSPECCIÓN PROVINCIAL CONCEPCIÓN

Rol

I-56-2021

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que se señalan en la Resolución N° 71, de fecha 19 de marzo de 2021, solicitando se mantenga sólo vigente la petición subsidiaria de rebaja de multa. Traslado. La parte reclamada se opone a la petición de la contraria.

Fundamentos

Fundamentos en registro de audio. Tribunal resuelve. Téngase por desistida, sin costas de la petición principal de dejar sin efecto las multas cursadas, siguiéndose este juicio solo en relación a la petición de rebaja. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE RECLAMANTE RINDE Documental: 1. Contrato de trabajo y anexos suscritos por Autofin S.A. con doña Francisca Estada, cédula de identidad N° 17.041.030-0, hasta la fecha de fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo, esto es, marzo de 2020. 2. Liquidaciones de remuneraciones correspondientes al período comprendido entre enero de 2018 y marzo de 2020, relativas a doña Francisca Estrada. 3. Certificado de pago de cotizaciones previsionales correspondiente a doña Francisca Estrada, de fecha 02 de diciembre de 2020. 4. Contrato de trabajo y anexos suscritos por Autofin S.A. con doña Constanza Espinoza, cédula de identidad N° 16.972.857-7, hasta la fecha de fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo, esto es, marzo de 2020. 5. Liquidaciones de remuneraciones correspondientes al período comprendido entre enero de 2018 y marzo de 2020, relativas a doña Constanza Espinoza. 6. Certificado de pago de cotizaciones previsionales correspondiente a doña Constanza Espinoza, de fecha 28 de octubre de 2020. 7. Resolución Nº 588, de fecha 13 de agosto de 2019, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente. 8. Pantallazo correspondiente a conversación sostenida mediante la aplicación WhatsApp, entre doña Constanza Espinoza y doña Yasna Noriega, con fecha 06 de enero de 2020. 9. Correo electrónico de fecha 10 de enero de 2020, titulado “Solicitud”, enviado por don Mauricio Fuentes (mfuentes@mye.cl) a doña Patricia Lara (patricia.lara@autofin.cl). 10. Pantallazo correspondiente a conversación sostenida mediante la aplicación WhatsApp, entre doña Constanza Espinoza y doña Yasna Noriega, con fecha 20 de enero de 2020. 11. Correo electrónico de fecha 21 de enero de 2020, titulado “Cambio de Sucursal”, enviado por doña Yasna Noriega (yasna.noriega@autofin.cl), a doña Constanza Espinoza (constanza.espinoza@autofin.cl). 12. Cadena de correos electrónicos de fecha 23 de enero de 2020, titulada “Clave ejecutivo Autofin sucursal Líder”, sostenida entre doña Yasna Noriega (yasna.noriega@autofin.cl), y don Rodrigo Folch (rfolch@mye.cl). 13. Notificación de Inicio de Procedimiento de Fiscalización y Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación, enviados por la Inspección del Trabajo a Autofin S.A. con de fecha 05 de marzo de 2020. 14. Carta aviso de término de contrato de trabajo de fecha 25 de marzo de 2020, debidamente firmada por doña Constanza Espinoza y con registro de su huella digital, con constancia de envío al domicilio de la demandante con esa misma fecha. Y Comprobante de Carta de Aviso para Terminación del Contrato de Trabajo enviada por Autofin S.A. a la Dirección del Trabajo, con fecha 25 de marzo de 2020, relativa a doña Constanza Espinoza. 15. Copia de la Resolución d

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones citadas y visto lo dispuesto en los artículos 503, 511 y 512, y demás pertinentes del código del trabajo, se declara: I. Que se acoge parcialmente la reclamación judicial interpuesta por AUTOFIN S.A., en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONEPCION, en relación a la Resolución de Multa N° 71, de 19 de marzo 2021 que se pronunció sobre la reconsideración administrativa a la resolución de multa pronunciada por dicha entidad N° 1260/20/28, sólo en cuanto se accede a la rebaja solicitada, la que es del siguiente tenor: · Respecto a la Resolución de Multa N°1, se rebaja de 60 U.T.M. a 15 U.T.M. · Respecto de la segunda, se rebaja de 6 Unidades de Fomento a 1,5 U.F. · Respecto de la tercera, se rebaja de 6 Unidades de Fomento a 1,5 U.F. · Respecto de la cuarta de rebaja de 20 Unidades de Fomento, a 5 U.F. · Respecto de la quinta, se rebaja de 40 Unidades Tributarias Mensuales, a 10 U.T.M., rechazándose en lo demás reconsideración judicial interpuesta II. Atento lo resuelto, cada parte pagará sus costas. Se ordena el registro y archivo oportuno de estos antecedentes Las partes quedan notificadas de lo que se ha resuelto. Dirigió y resolvió doña VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO RECLAMO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 27 de abril de 2022 RUC 21- 4-0339755-2 RIT I-56-2021 MAGISTRADO VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA Registro de ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Nuñez Gutierrez audio en HORA DE INICIO 12:19 remoto N° 1 HORA DE TERMINO 12:45 Nº REGISTRO DE AUDI

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