Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ ANA DELIA LILLO ARANEDA

Rol

O-1506-2024

Fecha

25 de febrero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 5 6 - 4 RUC 4 4 8-8 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: VXCXXLPRTNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-25T11:45:57-0300

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 70, 432, 446 N° 3 y 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a ANA DELIA LILLO ARANEDA, RUN N° 9 9 9 97-3, ya individualizada, como autora del delito tentado de hurto simple, del artículo 46 número 3 del Código Penal, en perjuicio de Supermercado Acuenta, cometido en Puerto Montt el día 24 de febrero de 2024, a la PENA de UN DÍA DE PRISION EN SU GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena corporal y de multa impuestas se le dará da por cumplida con los días de detención que le ha afectado en la presente causa, el 24 y 25 de febrero de 2024. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 5 6 - 4 RUC 4 4 8-8 Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: VXCXXLPRTNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veinticinco de febrero de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 70, 432, 446 N° 3 y 449 del Códi

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