Juzgado de Garantía de San Fernando.

MP C/ JUAN PABLO GARCÍA GARCÍA

Rol

O-1695-2023

Fecha

22 de febrero de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 22 de julio del año 2023, a las 05:00 horas, los acusados ALEXIS ANDRÉS MARAMBIO PIZARRO y JUAN PABLO GARCÍA GARCÍA ingresan al local de insumos agrícolas de nombre “Agroplanet”, ubicado en O’Higgins N° 124 de la comuna de San Fernando, sustrayendo un equipo generador de electricidad, a gasolina, de 6.5 KVA, marca KOLOVOLK, color naranja, avaluado en $555.785 de propiedad de la víctima de iniciales F.A.G.G, forzando la cerradura del cierre perimetral del local antes mencionado; especie que fue recuperada por personal de Carabineros en un patrullaje preventivo en calle Chillán intersección con calle España, comuna de San Fernando, donde ambos acusados fueron sorprendidos cargando la especie en una transportadora conocida como “yegua”, procediendo a su detención. La victima reconoció la especie por el número de motor, Nro. 2034534, especificado en la factura de compra. San Fernando, veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. La resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N° 1, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y disposiciones pertinentes de la Ley 18.216, SE DECLARA que: I.- SE CONDENA a don ALEXIS ANDRÉS MARAMBIO PIZARRO, cédula de identidad N° 15.476.559-K; y a don JUAN PABLO GARCÍA GARCÍA, cédula de identidad N° 16.625.904-5, ambos ya individualizados en esta audiencia, a sufrir ambos la pena corporal de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad como autores del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de San Fernando, el día 22 de julio del año 2

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N° 1, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y disposiciones pertinentes de la Ley 18.216, SE DECLARA que: I.- SE CONDENA a don ALEXIS ANDRÉS MARAMBIO PIZARRO, cédula de identidad N° 15.476.559-K; y a don JUAN PABLO GARCÍA GARCÍA, cédula de identidad N° 16.625.904-5, ambos ya individualizados en esta audiencia, a sufrir ambos la pena corporal de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo lo anterior por su responsabilidad como autores del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de San Fernando, el día 22 de julio del año 2023. II.- En atención a la aceptación del procedimiento abreviado no se condena en costas a los sentenciados, por haber ahorrado recursos al erario nacional. III.- La pena corporal impuesta al sentenciado don ALEXIS ANDRES MARAMBIO PIZARRO deberá ser de cumplimiento efectivo, toda vez que no reúne los requisitos necesarios para acceder a una pena sustitutiva, según lo previsto en la Ley 18.216. Sin perjuicio de lo anterior, esta pena corporal deberá ser computada desde el día 22 de julio del año 2023, fecha en que se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva. IV.- Reuniendo el sent

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Sentencia en Procedimiento Abreviado Ruc: 2300788559-8 Rit: 1695 - 2023 Imputado: JUAN PABLO GARCÍA GARCÍA C.I. N° 0016625904-5 Domicilio: VILLA EL ÁLAMO, PASAJE GUILLERMO MARKMAN N° 639, SAN FERNANDO. Imputado: ALEXIS ANDRES MARAMBIO PIZARRO C.I. N° 0015476559-K Domicilio: SECTOR PUENTE NEGRO, RIVERA DEL RIO CLARO, PASAJE EL PARRON, CASA AMARILLA S/N, SAN FERNANDO. Hechos: El día 22 de julio de

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