Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ RAFAEL MATÍAS CUEVAS MONROY

Rol

O-5603-2022

Fecha

23 de febrero de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 22 de julio de 2022, aproximadamente a las 04:40 horas, los imputados Cristian Pinochet Guzmán, Abraham Olmos Caro, Miguel Peralta Lufi, Sebastián Aceval Rosas, Ricardo del Valle Ortega, Danny Tapia Lillo, y Luis Cannobio Figueroa junto a Ángelo Cabrera Contreras, Matías Cabrera Contreras, Rafael Cuevas Monroy, Jaime Rosas Sánchez y Alex Sánchez Rosas, fueron sorprendidos por personal policial en Troncal Urbano con intersección calle Eduardo Titus sector Villa Dulce, Viña del Mar, sustrayendo, mediante el uso de 4 sierras y un chuzo, 230 metros de cable matriz de cobre, de propiedad de la Empresa Telefónica Chile (Movistar), los cuales acopiaban en un camión marca Mercedes Benz PPU WB1163, de propiedad de transportes Javier Esteban Cabrera Abarca EIRL. Vistos, oídos y teniendo presente: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos

Fundamentos

fundamentos y además de lo prevenido en los artículos 1, 7, 11, número 9, 14, 15, 30, 67, 69, 443 del Código Penal, ley de 18.216, artículo 86, 47, 340, 406, 412 del Código Procesal Penal

Fallo

se declara. I. Que, se condena a MIGUEL ANGEL PERALTA LUFI, ya individualizado como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, hecho perpetrado en esta ciudad el día 22 de julio de 2022 en perjuicio de la empresa Telefónica de Chile Movistar, a subir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, ACCESORIAS DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y REGISTRO DE HUELLA GENÉTICA. II. Que, se le concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el término de 541 días. Si la presente pena le fuera revocada y deba cumplir efectivamente la pena corporal que se le impone, ésta se le contará desde que se presente o sea habido sirviendo de abono todo el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa. III. Que, se declara que no se le condena al pago de las costas de la causa. Regístrese. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento con lo prevenido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese. Dictada por Don Roberto Pinto Gutiérrez, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: VECVXMLDSKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VECVXMLDSKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-27T11:31:38-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Fecha Viña del Mar., veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro RUC 2200705699-4 RIT 5603 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MIGUEL ANGEL PERALTA LUFI 0018383598-K Calle ESTANISLAO LOAIZA N° 173 Paradero 8 Achupallas. Viña del Mar. HECHOS: El día 22 de julio de 2022, aproximadamente a las 04:40 horas, los imputados Cristian Pinochet Guzmán, Abraham Olmos Caro, Miguel Peral

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