ESMAX RED LIMITADA (ANTES PETR C/ JEAN PAUL VILLARROEL SOTO
Rol
O-4316-2023
Fecha
27 de febrero de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de JEAN PAUL VILLARROEL SOTO, 31 años, C.I. N° 18223539-3, Domiciliado en Pasaje LIMARI Nº 1033, comuna de La Florida, actualmente privado de libertad por esta misma causa, a quien se atribuye participación de autor en dos delitos de robo con intimidación. El Ministerio Público fundó su acusación en los siguientes términos: Hecho 1: “Que el día 05 de julio de 2023, siendo aproximadamente las 16:30 horas, el imputado JEAN PAUL VILLARROEL SOTO, ya individualizado, se dirige hasta el local comercial de nombre Spacio 1, ubicado en Av. Providencia nro. 1657, comuna de Providencia, procediendo el imputado a intimidar a la víctima Nohellys Molina Molina, quien realizaba labores como vendedora en el local comercial, exhibiéndole una pistola de fogueo color negro con apariencia de verdadera, con la cual le apunta manifestándole verbalmente que no diga nada que esto es un asalto y que todo lo que quería eran cigarrillos y dinero, que si no colabora le disparo, para luego trasladar a la víctima al sector de bodega de la tienda intimidándola en todo momento con el arma, lugar donde había otros dependientes del local, insistiendo el imputado a los trabajadores bajo intimidación que le entregaran dinero y cigarrillos, volviendo con ellos hasta el sector de cajas, ingresando al local clientes, lo que hace que el imputado se dé a la fuga sin lograr sustraer especies. Hecho 2: “Que el día 05 de julio de 2023, siendo aproximadamente las 16:40 horas, el imputado JEAN PAUL VILLARROEL SOTO, ya individualizado, se dirige hasta el local comercial de nombre Oxxo, ubicado en calle Alfredo Barros Errázuriz Nro. 1910, comuna de Providencia, procediendo el imputado ingresar al mismo e intimidar a la víctima EVA GALLARDO PEREZ, dependienta del establecimiento, exhibiéndole una pistola color negro, de fogueo, con apariencias de verdadera, con la cual le apunta manifestándole “…NO PICHES
Fundamentos
considerando la facultad conferida al Ministerio Público por la norma del artículo 407 del Código Procesal Penal (de solicitar una pena inferior en grado al mínimo) y, por Código: HZMSXLMCSYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl otro lado, la prohibición establecida al juzgador en este procedimiento, de aplicar una pena superior o más grave que la requerida. Al no concurrir las exigencias legales, no se sustituirá la pena privativa de libertad.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 28, 50, 68, 69, 432 y 436 inciso primero del Código Penal; 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 17 de la Ley 19.970, se declara que: I.- Se condena a JEAN PAUL VILLARROEL SOTO, como autor de un delito consumado de robo con intimidación y como autor de un delito frustrado de robo con intimidación, ilícitos cometidos en jurisdicción de este Tribunal con fecha 05 de julio de 2023, a la pena única de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, el comiso del arma de fogueo incautada y la determinación de la huella genética del sentenciado a fin de incorporarla en el registro que establece la Ley 19.970. II.- Al no concurrir las exigencias legales, no se sustituye la pena privativa de libertad debiendo ser cumplida de manera efectiva por parte del sentenciado, una vez que esta sentencia se encuentre ejecutoriada, sirviéndole de abono el período de tiempo que ha estado privado de libertad en la causa, desde el día 5 de julio de 2023 y hasta la fecha de esta sentencia (237 días de abono). III.- Se exime al condenado del pago de las costas de la causa, toda vez que aceptó el procedimiento abreviado con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. En su
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8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°4316-2023 Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de JEAN PAUL VILLARROEL SOTO, 31 años, C.I. N° 18223539-3, Domiciliado en Pasaje LIMARI Nº 1033, comuna de La Florida, actualmente privado de libertad por esta misma causa, a qu
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