MORIS/SIENA CONSTRUCTORA S.A.
Rol
O-620-2021
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don DANILO CANALES LIRA, Abogado, en representación de empresa Siena Constructora S.A., domiciliado para estos efectos en calle Los Militares N°6191, Piso 11, comuna de Las Condes; y entabla demanda por desafuero maternal, en contra de doña DANIELA DENISSE MORIS CARRASCO, jornal, con domicilio en Calle Volcán Maipo N° 14.532, Departamento 16, San Bernardo, ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señala que el 1 de octubre de 2021, la empresa contrató los servicios personales de doña Daniela Denisse Moris Carrasco, con el objeto que desempeñara las funciones de Jornal, específicamente en el servicio a ejecutar “2 CARA TABIQUE PISO 11”, para el proyecto denominado “LA CISTERNA” ubicado en calle José Ureta N° 180, La Cisterna, duración que por su naturaleza es limitada en el tiempo. Expone que el proyecto se extendió hasta el día 15 de noviembre de 2021, fecha en la cual terminó la función y servicio que dio origen al instrumento contractual celebrado entre las partes. Explica que la demandada, doña Daniela Denisse Moris Carrasco, presentó a la empresa los resultados de un certificado del médico ginecólogo y obstetra Dr. Juan Manuel Montero Suárez, en el que indica que aquélla tiene un embarazo de 15 semanas y 2 días. Por ello, con fecha 15 de noviembre de 2021, mediante carta certificada dirigida a su domicilio registrado en el contrato, se le manifestó la intención de dar término al contrato de trabajo por la causal del artículo 159 N° 5 del Código del ramo, pues se trataba de un contrato de carácter temporal, transitorio y sujeto a condición. En efecto, las partes aceptaron como condición esencial para la existencia y vigencia de la relación laboral que las obligaciones contraídas fueran de carácter temporal o transitorio. Expresamente se estableció en las cláusulas de vigencia, que el contrato de trabajo se extendería hasta el término de la faena que dio origen al contrato de trabajo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don DANILO CANALES LIRA, Abogado, en representación de empresa Siena Constructora S.A.; y entabla demanda por desafuero maternal, en contra de doña DANIELA DENISSE MORIS CARRASCO, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, no habiéndose alcanzado conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS A PROBAR: 1. Existencia de relación laboral entre las partes, fecha de inicio y naturaleza del contrato pactado. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida por la parte demandada. 3. Procedencia del desafuero de la trabajadora en los términos del artículo 174 del Código del Trabajo. TERCERO: Que, en audiencia de juicio, solo la parte demandante incorporó los siguientes medios probatorios, a saber: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDATE: DOCUMENTAL (FOLIO 6): 1. Copia de carta de notificación término contrato dirigida a doña DANIELA MORIS, de fecha 15 de noviembre del 2021. 2. Comprobante de Correos de Chile envío de carta certificada a doña DANIELA MORIS de fecha 15 de noviembre. 3. Copia de boleta pago carta certificada de envío carta certificada. 4. Constancia Laboral para empleadores N° 853148, asunto negativo a firmar carta. 5. Certificado de embarazo otorgado por el Ginecoobstetra Juan Montero Suarez, a doña DANIELA MORIS CARRASCO. 6. Copia de contrato de trabajo por obra o faena de doña Daniela Moris, de fecha 01 de octubre del 2021, y anexo documentos electrónicos. 7. Copia certificado término de obra I.T.O. don Cristian Barahona de fecha 15 de noviembre 2021. ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: Se citó a la parte demandada a absolver posiciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 454 N°3 del Código del Trabajo, no compareció. CUARTO: Que, en lo que dice relación con el primer hecho a probar, es decir: “Existencia de relación laboral entre las partes, fecha de inicio y naturaleza del contrato pactado”: Consta en el contrato de trabajo de fecha 1 de octubre 2021,s entre Daniela morris Carrasco y Siena constructora s.a. Contrato de trabajo cuya duración estaba supeditada a la cláusula décima del mismo en la cual se indica que el mismo expirara Cuánto se ejecute la tapara para la cual fue contratada, la segunda cara del tabique del piso para el proyecto denominado la cisterna ubicado en José ureta 180 de la comuna de la cisterna la cláusula décima se dejó constancia que el contrato de trabajo se inició el día 1 de octubre de 2021. Luego toma en el documento denominado en el documento emitido por Don Cristian Barahona Inspector técnico de obra de fecha 15 noviembre 2021, constante el trabajo Neto apartamento del piso 12 interiores y pasillos encuentra terminado en la doble cara, pesifica mente segunda cara tabique piso. Razón del anterior, se ha cumplido con la cláusula décima del contrato de trabajo con toda vez la demandante de la demanda la demanda de autos fir
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 174, 453, 454, 457, 459, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don DANILO CANALES LIRA, Abogado, en representación de empresa SIENA CONSTRUCTORA S.A. en contra de doña DANIELA DENISSE MORIS CARRASCO, autorizándose a la demandante para poner término al contrato de trabajo de fecha 1 de octubre de 2021, a partir de esta fecha. II. Que, no se condena en costas a la demandada. Regístrese y archívese. Ambas partes quedan notificadas en audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 426 inciso 1° del Código del Trabajo. RIT: O-620-2021 RUC: 21-4-0369776-9 Queda a disposición el registro de audio. Dirigió la audiencia y dictó sentencia ARTURO BRICEÑO RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, veintiséis de abril de dos mil veintidós.- /Clc
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA Veintiséis de abril de dos mil veintidós. RUC 21-4-0369776-9 RIT O-620-2021 MAGISTRADO ARTURO BRICEÑO RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CRISTIAN LILLO CALVO HORA DE INICIO 12:12 HORA DE TERMINO 12:46 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140369776-9-1352 SALA SALA 3 (CONEXIÓN REMOTA) DEMANDANTE SIENA CONSTRUCTORA S.A ABOGADO
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