Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ JOAQUIN JOSE PINCHEIRA PARRA

Rol

O-5286-2023

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 11 de Agosto de 2023, alrededor de las 16:00 horas en circunstancias que la víctima, menor de edad, de iniciales M.E.M.Ñ., se encontraba en el paradero de calle Manuel Rodriguez entre Manuel Bulnes y General Aldunate, de esta ciudad, y en los momentos que sacaba su teléfono celular, fue abordado por el acusado Joaquín Pincheira Parra y otros tres sujetos, quienes lo rodearon, en donde uno de ellos le mostró un cuchillo, amenazándolo que le hiciera entrega del teléfono o de lo contrario le harían algo, procediendo el acusado Pincheira Parra a tomar a la víctima de uno de sus brazos, en donde también le dieron un golpe en la cabeza, para luego la víctima hacer entrega de su teléfono y Pincheira Parra junto a los otros sujetos huir del lugar con la especie en su poder. El teléfono sustraído corresponde a uno marca motorola, modelo moto G20. Producto de la agresión hacia la víctima, ésta resultó con eritema en la zona parietal izquierda, lesión de carácter leve” Temuco, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado Código: TBTZXLZNBFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado Código: TBTZXLZNBFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 14, 1 , 24, 2 , 26, 2 , 4 , 0, 67, 6 y 436 del Código Penal; lo dispuesto en el artículo 36, 38, 47, 2 7, 406, 407, 40 , 410, 411, 412 y 413 del Código Procesal Penal y en la ley N°18.216 se resuelve: I.- Que se CONDENA a JOAQUIN JOSE PINCHEIRA PARRA, ya individualizado, como autor de un delito consumado de robo con violencia e intimidación po

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : . - RUC : - MATERIA : ROBO CON VIOLENCIA IMPUTADO : JOAQUIN JOSE PINCHEIRA PARRA CÉDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Calle condell Nº , Padre de las Casas. ATENUANTES : Artículo N° del Código Penal AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: “El día 11 de Agosto de 2023, alrededor de las 16:00 horas en circunstancias que la víctima, menor de

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