ALEXIS FERREIRA HERNANDEZ C/ JUAN CARLOS ARANCIBIA VALDIVIA
Rol
O-3774-2023
Fecha
15 de febrero de 2024
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: “El día 15 de julio del 2023 a las 15:15 horas aproximadamente, el imputado JUAN CARLOS ARANCIBIA VALDIVIA, concurrió hasta el CPF “MAYOR MARICEL ESTAY", centro de privación de libertad femenino, ubicado en calle San Francisco N° 4756 comuna de San Miguel, lugar en el que sin estar legalmente autorizado, hizo ingreso de dos teléfonos celulares marca IPHONE, modelos 7, con 2 cables cargadores USB, siendo en ese instante detenido” CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: Circunstancias atenuantes acogidas: no concurren. Circunstancias agravantes acogidas: no concurren. Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. I) Que se condena a JUAN CARLOS ARANCIBIA VALDIVIA, ya individualizado, por su participación y responsabilidad a título de autor, del ilícito consumado de INGRESO ILEGITIMO DE APARATO DE COMUNICACIONES Y TÉCNOLOGICOS A CENTROS PENITENCIARIOS, perpetrado en la comuna de San Miguel, el día 15 de julio del 2023, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena, se ordena el COMISO de la especie incautada en este caso dos teléfonos marca iphone, modelo 7 con dos cables cargadores USB, sin costas por haber evitado un juicio oral y los costos asociados a el. Código: CHQYXLZVXZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II) Que reuniéndose a su respecto los supuestos que establece el artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta solicitada por el Ministerio Público, por la pena de REMISÓN CONDICIONAL debiendo quedar sujeto al control administrativo y observación de Gendarmería de Chile por el lapso de UN AÑO, y cumplir con las demás condiciones que establece la ley 18.216; debiendo presentarse dentro de los 10 días siguientes de ejecutoriado que sea el presente fallo o de la forma que corresponda una vez que recupere su libertad, al CRS Santiago Sur
Fallo
fallo o de la forma que corresponda una vez que recupere su libertad, al CRS Santiago Sur, ubicado en Arturo Prat N° 1490 comuna de Santiago, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada el condenado cumplirá integra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o en su caso se reemplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas En este caso se someterá al condenado al saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, más 1 un día de abono que considerar, el 16 de junio de 2023. Se deja constancia que se suspende el cumplimiento de la condena hasta que el sentenciado recobre su libertad en la causa que actualmente lo mantiene en prisión preventiva, en los antecedentes causa RIT 3097-2023 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Ejecutoriado que sea el presente fallo, cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Sentencia dictada verbalmente en audiencia por don RODRIGO ALBERTO CAYO ARDILES, Juez Titular del 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Téngase presente la renuncia de plazos y términos legales. Código: CHQYXLZVXZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-17T11:06:48-0300
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RESUMEN: R.U.C. : 2300762292-9 R.I.T. : 3774 - 2023 DELITO : INGRESO ILEGITIMO DE APARATO DE COMUNICACIONES Y TÉCNOLOGICOS A CENTROS PENITENCIARIOS NOMBRE IMPUTADO : JUAN CARLOS ARANCIBIA VALDIVIA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0013553228-2 DOMICILIO : Calle 3 SUR Nº 0798, La Granja. FISCAL : ORIETTA GALDAMES ARANCIBIA DEFENSOR PUBLICO : ANTONIA REYES FAEZ TRIBUNAL : 11° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA
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