GUZMÁN/CALIBRACIONES INDUSTRIALES SA
Rol
O-118-2022
Fecha
25 de abril de 2022
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos señalados en la demanda, especialmente, la existencia del vínculo laboral, su extensión, la función cumplida por los trabajadores, el monto de la remuneración, que los trabajadores se autodespidieron con fecha 25 de enero de 2022, siendo justificado el autodespido, y que la demandada adeuda a los trabajadores las prestaciones que alegan, así como la nulidad del despido. En consecuencia y de conformidad a lo prevenido en los artículos 1, 3, 7, 9, 10, 11, 63, 73, 162, 171, 172, 173, 420, 425 y siguientes, todos del Código del trabajo, artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, articulo 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don LEOPOLDO ALEJANDRO ANTIO GONZÁLEZ y don CRISTIAN ANDRÉS GUZMÁN CODOCEDO, ambos trabajadores dependientes, domiciliados en calle Sotomayor N°575, Piso Doce, Oficina 1201, Edificio DHARMA, comuna de Iquique, en contra de CALIBRACIONES INDUSTRIALES S.A., representada legalmente por don EDUARDO ANTONIO PAVEZ LUNA, Gerente General, y/o por doña MIRIAN LUZ MONDACA LECAROS, Jefa de Administración y Finanzas, ambos domiciliados en Barros Arana N°73, comuna de Iquique, debiendo en consecuencia considerarse que el despido indirecto impetrado por los trabajadores demandantes se ajusta a derecho, autodespido impetrado con fecha 25 de enero del año 2022, por la causal del articulo 160 N°7 del Código del Trabajo, debiendo la demandada, pagar a los demandantes -ambas partes debidamente individualizadas-, las siguientes sumas por los conceptos que se indican: A) Respecto del demandante don LEOPOLDO ALEJANDRO ANTIO GONZÁLEZ: ( $ 4.443.194 pesos por concepto de remuneraciones devengadas desde Octubre 2021 hasta Enero de 2022. ( $2.984.667 pesos por concepto de feriado legal, proporcional y progresivo. ( $1.159.094 pesos por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. ( $12.750.034 pesos por concepto de indemnización por 11 años de servicios. ( $6.375.017 pesos por concepto
Fallo
SE DECLARA que, en atención a todos los antecedentes referidos y a la rebeldía de la parte demandada, se tendrán por tácitamente admitidos todos los hechos señalados en la demanda, especialmente, la existencia del vínculo laboral, su extensión, la función cumplida por los trabajadores, el monto de la remuneración, que los trabajadores se autodespidieron con fecha 25 de enero de 2022, siendo justificado el autodespido, y que la demandada adeuda a los trabajadores las prestaciones que alegan, así como la nulidad del despido. En consecuencia y de conformidad a lo prevenido en los artículos 1, 3, 7, 9, 10, 11, 63, 73, 162, 171, 172, 173, 420, 425 y siguientes, todos del Código del trabajo, artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, articulo 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don LEOPOLDO ALEJANDRO ANTIO GONZÁLEZ y don CRISTIAN ANDRÉS GUZMÁN CODOCEDO, ambos trabajadores dependientes, domiciliados en calle Sotomayor N°575, Piso Doce, Oficina 1201, Edificio DHARMA, comuna de Iquique, en contra de CALIBRACIONES INDUSTRIALES S.A., representada legalmente por don EDUARDO ANTONIO PAVEZ LUNA, Gerente General, y/o por doña MIRIAN LUZ MONDACA LECAROS, Jefa de Administración y Finanzas, ambos domiciliados en Barros Arana N°73, comuna de Iquique, debiendo en consecuencia considerarse que el despido indirecto impetrado por los trabajadores demandantes se ajusta a derecho, autodespido impetrado con fecha 25 de enero del año
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO APLICACIÓN GENERAL FECHA Iquique, veinticinco de abril de dos mil veintidós. RUC 22-4-0388006-3 RIT O-118-2022 MAGISTRADA MARCELA MABEL DIAZ MENDEZ ADMINISTRATIVA ACTAS Paola Guillen Montecino (sala 3) HORA DE INICIO 11:40 HORA DE TERMINO 11:56 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0388006-3 DEMANDANTE LEOPOLDO ALEJANDRO ANTIO GONZÁLEZ R.U.T: 10.
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