1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DOWLANI/NEEDISH SPA

Rol

O-5456-2021

Fecha

25 de abril de 2022

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el Tribunal recibe la causa prueba fijando el siguiente punto: 1.- Prestaciones adeudadas al demandante. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental. 1. Certificado emitido por NeedishSPA con fecha 03 de agosto de 2018. 2. Carta aviso término contrato, de fecha 26 de febrero de 2021. 3. Liquidaciones remuneraciones octubre a noviembre de 2020. Exhibición de documentos. 1. Contrato de trabajo del demandante y anexos que denoten renta actualizada. 2. Liquidación de remuneraciones del demandante de los meses de enero y febrero de 2021. La parte demanda no exhibe medios de prueba dada su incomparecencia audiencia de juicio. Quinto. Hechos no controvertidos. Que es un hecho pacífico para las partes que la demandada se encuentra en proceso de liquidación concursal según resolución al efecto de 21 de agosto 2021, del 5° Juzgado Civil De Santiago en autos ROL C-7053-2021. Sexto. Análisis de la prueba incorporada y allanamiento de la demandada. Que al efectuar un análisis de la prueba incorporada por la parte demandante se puede tener por acreditado en estos autos que el actor prestó servicios para la empresa demandada desde el 6 de octubre del año 2011 hasta el 28 de febrero del año 2021, desempeñando las funciones dejé Head of God del equipo comercial Colombia, siendo despedido por decisión unilateral de su empleador el que invocó la causal de necesidades de la empresa, prevista en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. En el mismo sentido es posible tener por asentado que en la carta de despido enviada al trabajador al tenor del artículo 162 del código del ramo se le realizó una oferta de pago por la suma total $ 25.078.098, suma cuyos ítems consignan los siguientes conceptos: $ 2.621.137, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; $ 23.590.229 por concepto de indemnización por años de servicio, suma a la cu

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se acoge la demanda interpuesta por Prakash Dowlani Chandersen, cédula de identidad N°16.744.396-6, en contra de Needish SpA, rol único tributario N° 76.800.250-9, representada legalmente por su liquidadora María Loreto Ried Undurraga, todos previamente individualizados y en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor los siguientes montos por las prestaciones que se indican: a) $ 2.621.137, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $ 18.585.405, por concepto de indemnización por años de servicios. c) $ 3.871.559, por concepto de feriado legal y proporcional. d) $ 4.745.792, por concepto de remuneración pendiente de los meses de enero y febrero de 2021. II.- Que las sumas precedentemente señaladas deberán pagadas con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. IV.- Ejecutoriada que sea la presente resolución, remítanse los antecedentes al 5° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y notifíquese. RIT : O-5456-2021 RUC : 21- 4-0358525-1 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinticinco de

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticinco de abril de dos mil veintidós. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juico en los autos RIT O- 5456-2021, por cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Prakash Dowlani Chandersen, cédula de identidad N°16.744.396-6, con domicilio para estos efec

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