EXCAVA HOLDING SPA/
Rol
V-1783-2020
Fecha
29 de enero de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de agosto de 2020 a las 16:38 horas, don FRANCISCO ACUÑA PALMA, chileno, casado, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad N° 16.154.128-1, en representación de “Excava Holding SpA.”, RUT: 77.183.918-5, ambos domiciliados en calle Marchant Pereira N° 150, oficina 901, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, presentó pedimento minero a fin de constituir concesión minera de exploración denominada “AREA 51, 6”, de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 19 de agosto de 2020 el pedimento minero se inscribió a fojas 2.769 vta., bajo el N° 1.613, del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Diego de Almagro, del año 2020. TERCERO: Que con fecha 31 de agosto de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. CUARTO: Que en Ord. N° 7022, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 14 de diciembre de 2020.- QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión, expresadas en metros, son las siguientes: Punto Medio (P.M.) Norte 7.038.500,00 Este 428.500,00 V1 7.040.000,00 428.000,00 V2 7.040.000,00 429.000,00 V3 7.037.000,00 429.000,00 V4 7.037.000,00 428.000,00 SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la Concesión, están referidas al Datum Provisorio Sudamericano. La canoa 1956 Elipsoide de Referencia Internacional 1924 Huso 19. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE DECLARA: I) QUE SE APRUEBA EL PLANO y queda constituida la Concesión de Exploración denominada “AREA 51, 6”, con una superficie total de 300 hectáreas a favor de EXCAVA HOLDING SPA., RUT: 77.183.918-5.- II) Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo prescribe el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III) Inscríbase la sentencia constitutiva y archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Diego de Almagro. En su oportunidad dése copia autorizada al solicitante para tales efectos. IV) Hágase entrega al interesado de copia de esta sentencia y original del plano para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 inciso primero del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-1.783-2020.- Dictada, por el Juez que suscribe mediante firma electrónica avanzada. Diego de Almagro, veintinueve de enero de dos mil veintiuno. Notifique por el estado diario la resolución que precede. . Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-01-29T14:00:09-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-1783-2020 CARATULADO : EXCAVA HOLDING SPA/ Diego de Almagro, veintinueve de enero de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de agosto de 2020 a las 16:38 horas, don FRANCISCO ACUÑA PALMA, chileno, casado, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad N° 16.154.128-
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