MINISTERIO PÚBLICO C/ LUIS HUMBERTO VIDAL SEPÚLVEDA
Rol
O-309-2023
Fecha
14 de febrero de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que, con fecha de febrero de 2024, ante esta Sala del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados don Héctor Plaza Vásquez, en calidad de Juez presidente, don Hernando Falcón Arias como Juez redactor y doña Elisabeth Schürmann Martin como Jueza integrante, se llevó a efecto el Juicio Oral, Rol Único de Causa N°2200 - , Rol Interno de este Tribunal Nº 0 -202 seguido en contra de LUÍS HUMBERTO VIDAL SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad N°1 . 4. -k, 40 años, nacido en Santiago el de mayo de 1 , soltero, comerciante ambulante, escolaridad octavo básico, domiciliado pasaje El Chilco N°140 , villa Jorge Alessandri, comuna de La Pintana. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal don Omar Mérida Huerta, en tanto, la defensa del acusado Vidal Sepúlveda estuvo a cargo del señor Defensor Penal Privado don Luis Madariaga Mendoza, todos con domicilios y forma de notificación registrados en el Tribunal. Segundo: Acusación fiscal. En su acusación, el Ministerio Público sostuvo el siguiente hecho: I. Hechos: “El día de Agosto de 2022, alrededor de las 01:40 horas aproximadamente, personal de Carabineros concurrió hasta avenida Diagonal Las Torres frente al número 2 00 en la comuna de Peñalolén alertado por central de cámaras de control de la comuna, para realizar un control al conductor del vehículo PPU RRZG- presente en el lugar, toda vez que dicho vehículo mantenía un encargo policial debido a que se encontraba asociado a causa RUC Código: SXDXXLXBCEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 21004 00 - por delitos de falsedad, estafa y asociación ilícita. Es en ese contexto, es que proceden a controlar a su conductor, quien resultó ser LUIS HUMBERTO VIDAL SEPÚLVEDA y a la revisión más detallada del vehículo se estableció que el chasis del vehículo se encontraba adulterado, y que el motor original del vehículo en realidad correspondía al vehículo PPU PJHH- 0, el que se encontraba con encargo vigente N° SEBV 20220 1 de fecha 2 de junio de 2022 por delito de robo con intimidación, conociendo el imputado o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo que mantenía en su poder.” II. Calificación jurídica, iter criminis y participación: A juicio del Ministerio Público los hechos antes referidos son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 4 bis A del Código Penal; y un delito de Ocultamiento de placa patente, previsto y sancionado en el artículo 1 2 letra e) de la ley N° 1 .2 0, ambos en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al acusado la participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 N°1 del Código Penal, al haber intervenido en su ejecución de manera directa e inmediata. III. Circunstancias modificatorias de responsabili
Fallo
se acuerda de haber declarado la misma versión. El fiscal realizó el ejercicio de evidenciar contradicciones del artículo 2 del Código Procesal Penal respecto de su declaración prestada ante fiscalía el 12 de diciembre de 2022 a las 11:00 horas, dando lectura el acusado en voz alta de lo siguiente: se la compré a Germán Rojas, la conocí en Puente Alto, tenía la camioneta publicada, andaba con un letrero en el vidrio, me cobró 14 millones, salimos a probarla, la revisé y todo. Indica que concuerda con el fiscal en cuanto a que en su declaración en la fiscalía no mencionó a Nicolás y que en su declaración en fiscalía dice que había visto publicado el vehículo. Agrega que conoció a Germán Rojas por Nicolás y que esa es su versión hoy. Añade que la transacción la hizo con Nicolás en la notaría, que revisó el vehículo y los documentos. Señala que le pasaron dos llaves, que cuando fue detenido entregó los documentos, los papeles del vehículo y su licencia. Agrega que estaba todo en la carpeta incluido el contrato y se lo pasó a los funcionarios. Dice que esta situación lo sorprendió porque nunca había tenido problemas con vehículos robados, que es lo mismo que le dijo en fiscalía. Luego, dice que no recuerda haber declarado por Zoom. Que nunca ha tenido una causa por receptación, tampoco el año 200 . Que fue condenado por un robo con violencia. Precisa que conoce a Germán solo por Nicolás y que no han conversado con ellos antes de este juicio, porque los tenían aparte. Menciona qu
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MINISTERIO PÚBLICO CON LUIS HUMBERTO VIDAL SEPÚLVEDA. RUC: - . RIT: - . Delito: Receptación de vehículo motorizado y Ocultamiento de placa patente. Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que, con fecha de febrero de 2024, ante esta Sala del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo
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