Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

M.P. C/ JUAN ANDRÉS PINTO MARTÍNEZ

Rol

O-186-2022

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 26 de noviembre de 2020, alrededor de las 10:00 horas, el imputado ingresó al centro de cumplimiento penitenciario de San Antonio, ubicado en calle La Marina N° 1985, San Antonio, portando alimentos y ropa, manteniendo ocultas entre las prendas de vestir, tres bolsas de nylon transparente contenedoras de pasta base de cocaína con un peso bruto de 24 gramos 100 milígramos, dos bolsas de nylon transparente contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 9 gramos 800 milígramos y tres bolsas de nylon transparente contenedoras de un polvo color amarillo correspondiente a clonazepam, con un peso bruto de 21 gramos, con la finalidad de ingresarlos al centro indicado y ser distribuidos entre los internos, sin tener autorización alguna”. Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, son constitutivos del delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, del artículo 4° en relación al 1° de la Ley 20.000, en grado de consumado. Y le atribuye participación en calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Código: RTNEXLZXMBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 El Ministerio Público señala que le perjudica al acusado la circunstancia especial agravante de responsabilidad criminal, del artículo 19 letra H) de la ley 20.000. Por todo lo anterior, el acusador fiscal solicita se imponga al acusado la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, y multa de 40 UTM, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, según lo dispuesto en el artículo 28 del Código Penal, se decrete el comiso de las especies incautadas, se disponga la determinación de la huella genética, y se le condene al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de la Fiscal

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha nueve de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el magistrado don Diego Muñoz Pacheco e integrada, además, por los magistrados don Sergio Ortíz Huechapán y doña Daniela Herrera Faúndez, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N° 186-2022, seguido en contra de JUAN ANDRÉS PINTO MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 10.846.396-1, 56 años, nacido el 2 de mayo de 1967, natural de Santiago, obrero, domiciliado en Avenida El Sauce 1438, Viuda 9, San Antonio. Fue parte acusadora del presente juicio, el Ministerio Público de San Antonio, representado por el fiscal adjunto don Juan Carlos Catalán Aracena, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal público doña Diana Venegas Bastías, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 26 de noviembre de 2020, alrededor de las 10:00 horas, el imputado ingresó al centro de cumplimiento penitenciario de San Antonio, ubicado en calle La Marina N° 1985, San Antonio, portando alimentos y ropa, manteniendo ocultas entre las prendas de vestir, tres bolsas de nylon transparente contenedoras de pasta base de cocaína con un peso bruto de 24 gramos 100 milígramos, dos bolsas de nylon transparente contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 9 gramos 800 milígramos y tres bolsas de nylon transparente contenedoras de un polvo color amarillo correspondiente a clonazepam, con un peso bruto de 21 gramos, con la finalidad de ingresarlos al centro indicado y ser distribuidos entre los internos, sin tener autorización alguna”. Estos hechos, a juicio de la Fiscalía, son constitutivos del delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, del artículo 4° en relación al 1° de la Ley 20.000, en grado de consumado. Y le atribuye participación en calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Código: RTNEXLZXMBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 El Ministerio Público señala que le perjudica al acusado la circunstancia especial agravante de responsabilidad criminal, del artículo 19 letra H) de la ley 20.000. Por todo lo anterior, el acusador fiscal solicita se imponga al acusado la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, y multa de 40 UTM, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, según lo dispuesto en el artículo 28 del Código Penal, se decrete el comiso de las especies incautadas, se disponga la determinación de la huella genética, y se le condene al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1° del Código Penal; 1°, 45, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344 y 347 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado JUAN ANDRÉS PINTO MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 10.846.396-1, de los cargos formulados en su contra como AUTOR del delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, supuestamente cometido el día 26 de noviembre de 2020, en la comuna de San Antonio. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, por las razones expuestas en el considerando noveno de este fallo. Devuélvanse los documentos u otros medios de prueba que se hayan acompañado materialmente al juicio, si los hubiere. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en relación con los artículos 14 letra f) y 113 inciso segundo del Código Orgánico de Tribunales. Código: RTNEXLZXMBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 10 Remítase, en su oportunidad, copia autorizada al Juzgado de Garantía correspondiente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Sentencia redactada por la juez doña Daniela Herrera Faúndez. RUC Nº 20 01 19 70 52 - 5 RIT Nº 186 - 2022 Sentencia pronunciada por la sala del Tribunal de Juicio

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO/ JUAN ANDRÉS PINTO MARTÍNEZ TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES RUC N° 20 01 19 70 52 - 5 RIT N° 186 - 2022 SAN ANTONIO, catorce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha nueve de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San A

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica