Juzgado de Familia Curico

ANONIMIZADO

Rol

F-1946-2023

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Teniendo presente lo sugerido por consejero técnico, el hecho de que la denunciante no ratificará la denuncia ni presentará medios de prueba y,

Fundamentos

considerando lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley Nº 20.066, 81 y 100 de la Ley Nº 19.968,

Fallo

se declara: Que no se continuará con la tramitación de la presente causa. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de la denunciante a efectuar nuevas denuncias en caso de persistir los hechos de violencia intrafamiliar. Póngase en conocimiento de Centro de la Mujer de Sernameg, lo manifestado por la denunciante doña Katherine, Rut N°NUM000, para los fines a que haya lugar; siendo necesario orientar a la referida...

Texto Completo (Preview)

Curicó, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Teniendo presente lo sugerido por consejero técnico, el hecho de que la denunciante no ratificará la denuncia ni presentará medios de prueba y, considerando lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley Nº 20.066, 81 y 100 de la Ley Nº 19.968, se declara: Que no se continuará con la tramitación de la presente causa. Lo anterior, sin perjuicio del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica