CARLOS MAURICIO CÁCERES TAPIA C/ DIEGO ANTONIO LEÓN VEGA
Rol
O-18-2024
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 01 de octubre de 2023, alrededor de las 00:25 horas, en la vía pública, específicamente en calle Todos los Santos, de la comuna de Llanquihue, el requerido, DIEGO ANTONIO LEON VEGA, condujo en estado de ebriedad, el vehículo marca Chevrolet modelo Groove PPU RKLW-19 lo cual constó a personal de Carabineros, quienes lo detuvieron y aplicaron examen respiratorio, arrojando un resultado de 1,73 gramos por mil de alcohol en el organismo. El examen de alcoholemia, practicado al requerido, constató que presentaba 1,81 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del mencionado vehículo”. Puerto Varas, a trece de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15 N°1, 25, 30, 49 y siguientes, 50, 67 y siguientes del Código Penal; Código Procesal Penal; Ley 18.216, Ley de Tránsito 18.290, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a DIEGO ANTONIO LEÓN VEGA, cédula de identidad Nº 18.255.117-1, domiciliado en Calle VOLCAN HUDSON Nº 149, comuna de Puerto Varas, teléfono 967518748, mail dleon.gestion.inm@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito, hecho ocurrido el día 01 de octubre de 2023, en la comuna de Llanquihue, a una pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la suspensión de la licencia de conducir por DOS AÑOS. II. Que por cumplir los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL, sujeta al control del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Puerto Montt, correspondiente a su domicilio, por el plazo de un año. El sentenciado deberá pres
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a DIEGO ANTONIO LEÓN VEGA, cédula de identidad Nº 18.255.117-1, domiciliado en Calle VOLCAN HUDSON Nº 149, comuna de Puerto Varas, teléfono 967518748, mail dleon.gestion.inm@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en el delito CONSUMADO de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito, hecho ocurrido el día 01 de octubre de 2023, en la comuna de Llanquihue, a una pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la suspensión de la licencia de conducir por DOS AÑOS. II. Que por cumplir los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL, sujeta al control del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Puerto Montt, correspondiente a su domicilio, por el plazo de un año. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social dentro del plazo de cinco días, contado desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese quebrantada o revocada el condenado cumplirá efectivamente la Código: DPQBXLPYXNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:dleon.gestion.inm@g
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. HECHOS: “El día 01 de octubre de 2023, alrededor de las 00:25 horas, en la vía pública, específicamente en calle Todos los Santos, de la comuna de Llanquihue, el requerido, DIEGO ANTONIO LEON VEGA, condujo en estado de ebriedad, el vehículo marca Chevrolet modelo Groove PPU RKLW-19 lo cual constó a personal de Carabinero
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica