Juzgado de Garantía de Talcahuano.

ROMINA SOLEDAD GUTIÉRREZ ALCAYAGA C/ ALEJANDRO ALFONSO HERNÁNDEZ ORELLANA

Rol

O-3656-2023

Fecha

13 de febrero de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 7, 11 número 6 y 9, 15 número 1, 21, 30, 49, 51, 67, 70, 399, 494 número 5 del Código Penal, artículo 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: PRIMERO: que se condena a ALEJANDRO ALFONSO HERNÁNDEZ ORELLANA, RUN 0018387725-9, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria del artículo 9 letra b) de la ley 20.066, quedándole en consecuencia prohibido acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo de estudio o cualquier otro que ella frecuentare habitualmente por el término de dos años; por su responsabilidad en calidad de autor en un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrado en la comuna de Hualpén el día 11 de mayo de 2023 en grado de desarrollo consumado en perjuicio de Doña Vania Salgado Tiznado. SEGUNDO: Que se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por la fracción de horas superior a 12 que permaneció privado libertad con motivo este procedimiento entre los días 21 y 22 de enero de 2024. TERCERO: Atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad los hechos contenidos en el requerimiento si le libera el pago las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese agréguese y archívese en su oportunidad RUC 2300520785-1 RIT 3656 - 2023 DICTADA POR ANTONIA GODOY MEDINA, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: WKXCXLPPEJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: WKXCXLPPEJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-13T10:19:23-0300

Fallo

se declara: PRIMERO: que se condena a ALEJANDRO ALFONSO HERNÁNDEZ ORELLANA, RUN 0018387725-9, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria del artículo 9 letra b) de la ley 20.066, quedándole en consecuencia prohibido acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo de estudio o cualquier otro que ella frecuentare habitualmente por el término de dos años; por su responsabilidad en calidad de autor en un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrado en la comuna de Hualpén el día 11 de mayo de 2023 en grado de desarrollo consumado en perjuicio de Doña Vania Salgado Tiznado. SEGUNDO: Que se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por la fracción de horas superior a 12 que permaneció privado libertad con motivo este procedimiento entre los días 21 y 22 de enero de 2024. TERCERO: Atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad los hechos contenidos en el requerimiento si le libera el pago las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese agréguese y archívese en su oportunidad RUC 2300520785-1 RIT 3656 - 2023 DICTADA POR ANTONIA GODOY MEDINA, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: WKXCXLPPEJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: WKXCXLPPEJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano a trece de febrero de dos mil veinticuatro. Y visto ade

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