6º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

HUGO MARCELO PAREDES COÑUECAR C/ VICENTE JONATHAN VALDÉS HUEICHAQUEO

Rol

O-104-2023

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha seis de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Silvana Vera Riquelme como Juez presidente, don Hernán García Mendoza como Juez redactor y doña Virginia Rivera Álvarez como Juez integrante, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en los antecedentes Rol Interno de este Tribunal N° - , RUC N° - , en contra de VICENTE JONATHAN VALDÉS HUEICHAQUEO, cédula nacional de identidad N° . 8.85 - , nacido el de agosto de 8 , años, soldador, soltero, domiciliado en Calle RanquilN° 58 , población La Victoria, comuna de Pedro Aguirre Cerda. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal don Francisco Javier Carrasco Jara; en tanto, la defensa del encausado estuvo a cargo de la abogada doña María Francisca Pinochet Zúñiga, de la Defensoría Penal Pública, ambos con domicilios y formas de notificación registrados en el Tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que, según el auto de apertura del juicio oral, los hechos materia de la acusación son los siguientes: “El día de enero de , aproximadamente a las : horas, en la vía pública, específicamente en la intersección de Av. Maipú con Pasaje Rosales, comuna de Pedro Aguirre Cerda, funcionarios policiales sorprendieron al acusado VICENTE JONATHAN VALDÉS HUEICHAQUEO realizando, sin autorización competente, una transacción de drogas como vendedor, consistente en envoltorios de papel cuadriculado, contenedor de milígramos brutos de clorhidrato de cocaína, a cambio de $5. .- en dinero en efectivo. Asimismo, el acusado VICENTE JONATHAN VALDÉS HUEICHAQUEO fue sorprendido portando, sin autorización competente, envoltorio de Código: HGKBXLPXCWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl papel cuadriculado contenedor de milígramos de clorhidrato de cocaína y $ 5.55 .- en dinero en efectivo.” A juicio del Ministerio Público, los hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo °, en relación al artículo °, ambos de la Ley N° . , en grado consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor. El Ministerio Público señala que beneficia al encartado la atenuante prevista en el artículo Nº del Código Penal. En razón de lo anterior, la Fiscalía solicita se imponga al acusado la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, una multa de veinte unidades tributarias mensuales, las accesorias legales establecidas en el artículo del Código Penal, el comiso de los instrumentos y efectos del delito y al pago de las costas de la causa y una vez ejecutoriada la respectiva sentencia se ordene la incorporación de su huella genética en el registro de condenados de acuerdo a lo establecido en la Ley . . SEGUNDO: Alegaciones del Ministerio Público. Que, en su alegato de apertura el Ministerio Público anunció que se acreditarán los hechos contenidos en la acusación, los cuales reproduce. Indica que el acusado efectuó una transacción de drogas con un consumidor de un envoltorio de clorhidrato de cocaína, por el valor de $5. .- siendo sorprendido con otro envoltorio de milígramos y dinero en efectivo. En su alegación de clausura, la Fiscalía efectuó un breve análisis de la prueba, señalando, en síntesis, que se acreditaron los hechos contenidos en la acusación. Se acreditó que el acusado efectuó una transacción de un envoltorio de cocaína, y que éste mantenía un envoltorio de similares características entre sus vestimentas, lo cual fue probado con la declaración del acusado, con la declaración del funcionario Patricio Schmidt Charo. La funcionaria Carolina Ramírez efectuó la prueba de campo y relató los hechos, los que se corresponden Código: HGKBXLPXCWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.c

Fallo

se acuerda bien de la fecha, lo pillaron los policías con unos papeles de droga, cuando le estaba vendiendo a un muchacho, y con un poco de plata en el bolsillo. Lo tomaron detenido, se lo llevaron, le pidieron declarar, firmó y quedó detenido. Código: HGKBXLPXCWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ante preguntas de la Fiscalía, el acusado señala que esto ocurrió el , en horas de la tarde, como a las : horas, en la población Lo Valledor, comuna de Pedro Aguirre Cerda. Explica que efectuó una venta de droga porque en ese tiempo “estábamos en pandemia y tenía necesidades” y debía “hacer un poco de dinero”. Cuando lo detuvo el personal de Carabineros, también detuvieron al consumidor, “se llevaron a un muchacho” a la comisaría. Entre sus vestimentas mantenía dinero y “un papel más”. Ante preguntas de su defensa, señala que estaba vendiendo droga porque tiene una hija y no tenía trabajo, es soldador, antes trabajaba para una empresa, perdió su trabajo por la pandemia porque “cortaron gente, bajó la pega”. Su hija vive con su mamá, la cual tiene años, le pagaba pensión y le pasaba dinero. Explica que cuando lo detuvieron el día de los hechos le estaba vendiendo a un muchacho “un papel” con cocaína, era de aquellos “dosificados”, además tenía consigo otro “papel” del mismo tamaño, asimismo tenía cien mil pesos en dinero en efectivo o un poco más. Llegaron los funcionarios policiales en un auto, se bajaron del mó

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Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha seis de febrero de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Silvana Vera Riquelme como Juez presidente, don Hernán García Mendoza como Juez redactor y doña Virginia Rivera Álvarez como Juez integrante, se llevó a efecto la audiencia de

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