MP C/ JAIME ANTONIO MAULÉN CASTRO
Rol
O-2744-2023
Fecha
9 de febrero de 2024
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 67,69, 70 del código penal, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 4 de la ley 18.216, artículo 1, 110, 194 de la Ley 18.290 se declara: I.- Que, se condena a don JAIME ANTONIO MAULÉN CASTRO, cédula de identidad N° cédula de identidad N° 0016855483-4, ya individualizado, como autor del delito de manejo sin licencia profesional previsto y sancionado en 194 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 4 de agosto de 2023, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, además, de la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Cais de Melipilla, por el plazo Código: VHMXXLEEMHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de un año, debiendo presentarse el día 19 de febrero de 2024. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2300843119-1 RIT Nº 2744 - 2023 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: VHMXXLEEMHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-09T14:38:47-0300
Fundamentos
considerando: HECHO: El día 04 de agosto de 2023, a las 18.55 horas aproximadamente, en la intersección de las Calles Carlos Avilés Con Calle Libertad, comuna de Melipilla, el requerido JAIME ANTONIO MAULÉN CASTRO, fue sorprendido conduciendo el mini bus PPU. DPFG-73, Marca mercedes Benz, modelo Sprinter 313 CDI, con capacidad de 16 asientos, sin contar con la licencia requerida por ley para dicha conducción. MODIFICATORIA: Que favorece al requerido las circunstancias atenuantes de responsabilidad prevista en los artículos 11 N° 9 del Código Penal, atendido que ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 67,69, 70 del código penal, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 4 de la ley 18.216, artículo 1, 110, 194 de la Ley 18.290
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a don JAIME ANTONIO MAULÉN CASTRO, cédula de identidad N° cédula de identidad N° 0016855483-4, ya individualizado, como autor del delito de manejo sin licencia profesional previsto y sancionado en 194 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 4 de agosto de 2023, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, además, de la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Cais de Melipilla, por el plazo Código: VHMXXLEEMHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de un año, debiendo presentarse el día 19 de febrero de 2024. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2300843119-1 RIT Nº 2744 - 2023 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes de
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, nueve de febrero de dos veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2300843119-1 RIT: 2744-2023 IMPUTADO : JAIME ANTONIO MAULÉN CASTRO C.I. : 0016855483-4 FECHA DE NAC.: 06/09/1987 DIRECCION: SECTOR VILLA BICENTENARIO, PASAJE 8 CASA Nº 368 COMUNA: MELIPILLA DELITOS : Mane
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