MILLAHUAL/TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L.
Rol
O-4561-2019
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 41, 63, 160 N°7, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459 todos los del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción de despido interpuesta por DANNY ALEXIS MILLAHUAL ZAMBRANO en contra de la empresa TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. y por tanto se declara que a relación laboral entre las partes extendida entre el 1° de mayo del 2014 y el 25 de junio del 2019, terminó por haber incurrido la empleadora en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, según lo dispone el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal. II. Se condena a la demandada TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. a pagar al demandante DANNY ALEXIS MILLAHUAL ZAMBRANO: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $696.500 pesos. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a $3.482.500 pesos. 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $1.741.250 pesos. 4. Feriados legal, correspondiente a $487.549 pesos. 5. Feriado proporcional, correspondiente a $40.629 pesos. 6. Remuneración del mes de junio de 2019, correspondiente a $580.416 pesos. III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena a la demandada TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. a pagar al demandante DANNY ALEXIS MILLAHUAL ZAMBRANO remuneración desde el despido ocurrido desde el 25 de junio de 2019 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales adeudadas, a razón de $696.500 pesos mensuales. Para efectos de la convalidación del despido, deberá acreditarse la solución íntegra de las cotiza
Fallo
se resuelve: I. Se acoge la acción de despido interpuesta por DANNY ALEXIS MILLAHUAL ZAMBRANO en contra de la empresa TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. y por tanto se declara que a relación laboral entre las partes extendida entre el 1° de mayo del 2014 y el 25 de junio del 2019, terminó por haber incurrido la empleadora en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, según lo dispone el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal. II. Se condena a la demandada TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. a pagar al demandante DANNY ALEXIS MILLAHUAL ZAMBRANO: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $696.500 pesos. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a $3.482.500 pesos. 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $1.741.250 pesos. 4. Feriados legal, correspondiente a $487.549 pesos. 5. Feriado proporcional, correspondiente a $40.629 pesos. 6. Remuneración del mes de junio de 2019, correspondiente a $580.416 pesos. III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena a la demandada TRANSPORTES FLORES ENGRACIAL JAIME AURELIO E.I.R.L. a pagar al demandante DANNY ALEXIS
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ACTA DE CONTINUACIÓN AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 21 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 19-4-0200342-4 RIT O-4561-2019 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 13.10 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:55 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1940200342-4-
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