HUHNER/AVENDAÑO
Rol
T-969-2021
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 19 Nº 5 CPR. Inviolabilidad de la comunicación privada, Daño moral, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 63, 73, 160 N°1 letra a, 162, 163, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, 485, 495 todos los del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se rechaza la acción principal de tutela laboral de derechos fundamentales. II. Se acoge la acción de despido injustificado, declarándose que el despido del demandante de 19 de abril del 2021 es injustificado. III. Para todos los efectos legales deberá entenderse que la relación laboral entre las partes se extendió entre el 19 de noviembre del 2018 y el 19 de abril del 2021, terminando en esta última fecha por la causal necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, en relación al inciso cuarto del artículo 168 del mismo cuerpo legal. IV. Se condena a la demandada a pagar al demandante: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $2.071.605 pesos. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a $4.143.210 pesos. 3. Recargo del 80% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $3.314.568 pesos. 4. Feriados y días de remuneración en lo no solucionado en la sentencia parcial, correspondiente a $828.642 pesos respecto de feriado y $691.387 pesos respecto de remuneración del mes de abril. V. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. VI. Se rechaza la demanda respecto del cobro de cotizaciones previsionales, del cobro de comisiones y la indemnización de daño moral. VII. Cada parte soportará sus costas. VIII. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución, en los tiempos y formas señalados en el artículo 462 del Código del Trabajo. Medidas cautelares: Atendido lo resuelto al inicio de la presente audiencia y de conformidad
Fallo
se resuelve: I. Se rechaza la acción principal de tutela laboral de derechos fundamentales. II. Se acoge la acción de despido injustificado, declarándose que el despido del demandante de 19 de abril del 2021 es injustificado. III. Para todos los efectos legales deberá entenderse que la relación laboral entre las partes se extendió entre el 19 de noviembre del 2018 y el 19 de abril del 2021, terminando en esta última fecha por la causal necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, en relación al inciso cuarto del artículo 168 del mismo cuerpo legal. IV. Se condena a la demandada a pagar al demandante: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $2.071.605 pesos. 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a $4.143.210 pesos. 3. Recargo del 80% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $3.314.568 pesos. 4. Feriados y días de remuneración en lo no solucionado en la sentencia parcial, correspondiente a $828.642 pesos respecto de feriado y $691.387 pesos respecto de remuneración del mes de abril. V. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. VI. Se rechaza la demanda respecto del cobro de cotizaciones previsionales, del cobro de comisiones y la indemnización de daño moral. VII. Cada parte soportará sus costas. VIII. Una vez firme y ejecutoriada la present
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL FECHA 21 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 21-4-0348055-7 RIT T-969-2021 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 11:47 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:53 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140348055-7-1349-2
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