MONTECINOS/
Rol
V-278-2020
Fecha
21 de enero de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Jos Miguel Montecinos Urbina, é empleado, domiciliado en pasaje Presidente Riesco N° 6795, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien solicitaó se ordene la restituci n sin forma de juicio del inmueble ubicado en Hu rfanos Nº1555,ó é Departamento 2013, Comuna de Santiago, Regi n Metropolitana,ó de su propiedad, por haber sido abandonado por la arrendataria do a Pamela Alejandra V squez Gamboa, c dulañ á é de identidad Nº12.641.525-7, ignora profesi n, ignora su actual domicilio, en conformidadó a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que a continuaci n se rese an.ó ñ Se ala que con fecha 23 de diciembre de 2015 celebr verbalmente contrato deñ ó arrendamiento con do a Pamela Alejandra V squez Gamboa, respecto del inmueble antesñ á individualizado, y de su propiedad, pactando, en esa poca, una renta de arrendamientoé mensual de $250.000 (doscientos cincuenta mil pesos). Ello, en atenci n a que era personaó conocida de su anterior arrendatario. El ejemplar escrito del contrato, nunca estuvo disponible en la notar a para ser retirado.í Indica que sin perjuicio de lo expuesto y pese a que do a Pamela Alejandrañ V squez Gamboa le adeuda rentas atrasadas por concepto de arrendamiento con susá respectivos reajustes, gastos comunes y consumos de servicios de agua, derechos de aseo, luz, gas, ha tomado conocimiento que la arrendataria ha abandonado el inmueble desde hace cuatro meses; sin haberlo restituido en forma legal y haciendo caso omiso al contrato de arrendamiento pactado. Argumenta que el art culo 6º de la Ley Nº18.101 dispone que “Si elí arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, ste podr solicitar alé á juez de letras competente que se le entregue, sin forma de juicio, con la sola certificaci nó del abandono de un ministro de fe”. Fojas 2 Explica que conforme se han desarrollado de los hechos descritos, resulta aplicable en la especie el procedimiento planteado en el art culo precedentemente transcr
Fallo
Por tanto, en m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 6º de la Leyé í Nº18.101, solicita se sirva ordenar la entrega, a su parte, del inmueble individualizado, sin forma de juicio, previa certificaci n del abandono, por un ministro de fe.ó TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el presente procedimiento tiene por objeto que el Tribunal competente sancione la restituci n de un inmueble arrendado que se encuentra abandonado,ó lo anterior conforme a las normas del procedimiento voluntario; y seg n lo dispuesto en elú art culo 6 inciso segundo de la Ley Nro. 18.101, que dispone que í ““Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, ste podr solicitar al juez de letrasé á competente que se lo entregue, sin forma de juicio, con la sola certificaci n del abandonoó por un ministro de fe. Dicho funcionario levantar acta del estado en que se encuentre elá bien ra z al momento de su entrega al arrendador y remitir copia de ella al tribunal”í á . SEGUNDO: Que el solicitante acompa a los siguientes documentos para fundar suñ petici n:ó 1.- Copia con vigencia otorgada por el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,í que indica que la inscripci n de fojas 60680 n mero 92471 correspondiente al Registro deó ú Propiedad del a o 2012, est conforme con su original y se encuentra vigente al d a 30 deñ á í octubre de 2020. La referida inscripci n da cuenta que don Jos Miguel Montecinos Urbina es due oó é ñ del departamento n mero 2013 del vig simo piso del edifici
Texto Completo (Preview)
Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-278-2020 CARATULADO : MONTECINOS/ En Santiago, a veinti n d as del mes de enero del a o dos mil veintiuno.ú í ñ VISTOS: Comparece don Jos Miguel Montecinos Urbina, é empleado, domiciliado en pasaje Presidente Riesco N° 6795, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien solicitaó se ordene la restitu
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