Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ JAEL MILLARAY DÍAZ GONZÁLEZ

Rol

O-9345-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Que el día 24 de octubre del 2023, aproximadamente a las 12.34 horas, la imputada ingresó al supermercado Líder ubicado en Avenida Benidorm N° 961, Viña del Mar. Una vez en el interior, ocultó diversos productos del supermercado al interior de sus vestimentas, consistente en 11 paquetes de comida de mascotas, churus sabor salmón y 19 paquetes también de comida para mascotas de sabor carne, especies avaluadas en la suma de $ 76.000 pesos. Con estas especies en su poder, ocultas, traspasó la línea de caja registradora sin cancelar dichos productos. Todo esto fue observado por guardias del supermercado a través de las cámaras de seguridad, quienes la retienen en los momentos que se disponía a salir del supermercado, traspasando la puerta de salida. Fue entregada a carabineros y las especies recuperadas”. Vistos y Oídos Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 67, 69, 70, 446 N°3, del Código Penal; Ley 18.216; artículos 36, 47, 340, 388 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a la encausada JAEL MILLARAY DÍAZ GONZÁLEZ ya individualizada, como autora de delito de hurto simple, en su grado de frustrado, hecho perpetrado el día 24 de octubre del 2023, en perjuicio de supermercado Líder, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, la que se le da por cumplida con el día que estuvo privada de libertad en control de la detención del día 25 de octubre de 2023. II.- Que, se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo solicitarse informe de factibilidad de monitoreo telemático. III.- Que, no se condena al pago de las costas de la causa. Regístr

Fallo

se declara: I.- Que se condena a la encausada JAEL MILLARAY DÍAZ GONZÁLEZ ya individualizada, como autora de delito de hurto simple, en su grado de frustrado, hecho perpetrado el día 24 de octubre del 2023, en perjuicio de supermercado Líder, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, la que se le da por cumplida con el día que estuvo privada de libertad en control de la detención del día 25 de octubre de 2023. II.- Que, se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo solicitarse informe de factibilidad de monitoreo telemático. III.- Que, no se condena al pago de las costas de la causa. Regístrese, ejecutoriada la sentencia dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifiquese. Dictada por ROBERTO ARIEL PINTO GUTIERREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: CTRBXLSXTCS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-09T10:43:19-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Fecha Viña del Mar., cinco de febrero de dos mil veinticuatro RUC 2301158844-1 RIT 9345 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JAEL MILLARAY DÍAZ GONZÁLEZ 0020390484- 3 Calle MARACAIBO Nº 4817. Fono 920565076. Lo Espejo. Hechos: “Que el día 24 de octubre del 2023, aproximadamente a las 12.34 horas, la imputada ingresó al supermercado Líder ubicado en Avenida Benidorm N° 961, Viña

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