Juzgado de Garantía de Arica.

HÉCTOR ANTONIO MIRANDA CORTÉS C/ EDWIN GREGORIO BLANCO MAMANI

Rol

O-8663-2023

Fecha

7 de febrero de 2024

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Con fecha 09 de octubre de 2023, en horas de la mañana, en circunstancias que el personal aprehensor realizaba controles vehiculares selectivos en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 2052, de esta ciudad, proceden a fiscalizar al taxi colectivo marca Hyundai, modelo Accent, color negro, P.P.U. KDBW.85-6, conducido por el requerido BLANCO MAMANI, y al proceder a solicitarle su licencia de conducir y documentación del móvil, se percataron que el conductor se encontraba bajo la influencia del alcohol, lo que constó mediante las pruebas respiratorias Alcotest, que arrojaron como resultados 0,58; 0,57 y 0,58 gramos de alcohol por litro de sangre. Esta circunstancia fue corroborada con posterioridad de acuerdo al informe de alcoholemia N° 01707/2023 que arrojó como resultado 0,33 gramos del alcohol por litro de sangre del requerido”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol, sancionado en el artículo 193 en relación con el artículo 110 de la Ley N° 18.290 de Tránsito. Al requerido le cabe participación en los hechos a título de autor conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. El grado de desarrollo del delito es Consumado. Código: MZHEXLEPCPR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, siete de febrero de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 49, 50, 67, 69 y 70 Código Penal; 110 y 193 de la Ley 18.290; y 297 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a ED

Fallo

se declara: I. Que se condena a EDWIN GREGORIO BLANCO MAMANI, cédula de identidad N° 14.103.721-8, ya individualizado, a las penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la suspensión de licencia de conducir por tres meses, sin costas, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol, sancionado en el artículo 193 en relación con el artículo 110 de la Ley N° 18.290 de Tránsito, sorprendido en Arica el día 9 de octubre de 2023. La multa se pagará en pesos y dentro del plazo de quinto día contados desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada deberá acreditar el pago de la multa impuesta. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal. Se deja constancia que el sentenciado entrega su licencia de conducir, custódiese por la Unidad de Servicios UI 90891097. Comuníquese la accesoria de suspensión de licencia de conducir al Registro Nacional de Conductores y a la Dirección de Tránsito de Arica. RUC 2301104849-8 RIT 8663 - 2023 Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS, Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Arica. Código: MZHEXLEPCPR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-08T11:02:29-0300

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, siete de febrero de dos mil veinticuatro. Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal MANUEL GONZALEZ ZAPATA Defensor JUDITH HUANCA APATA Tipo Audiencia Procedimiento Simplificado Hora inicio 08:54 Hora termino 09:03 Sala 5 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2301104849-8-992-240207-00-05- JSIM ASB EBS RIT 8663 23 Acta ebs RUC 2301104849-8 RIT 8

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