CLAUDIO ANDRES GONZALEZ GARCIA C/ JOSÉ MANUEL MUÑOZ CAMPOS
Rol
O-59-2024
Fecha
8 de febrero de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 01/11/2023, a las 17:20 horas aproximadamente, en circunstancias que el imputado José Manuel Muñoz Campos, quien se encuentra privado de libertad, al interior del módulo 61 del Centro de Cumplimiento Penitenciario, ubicado en calle Huachalalume S/N°, comuna de La Serena, fue sorprendido por personal de Gendarmería de Chile, manteniendo en su poder, sin estar legal o reglamentariamente autorizado por el referido establecimiento, 01 teléfono celular, marca Aerbes con su respectiva batería y chip de la empresa Entel el cual estaba oculto entre sus vestimentas, elementos que le permiten al imputado comunicarse con el exterior.-“ POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2301277306-4-929-240208-00-06- 59-2024 sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70 y 304 ter del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley N° 18.216;
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a José Manuel Muñoz Campos, cédula nacional de identidad N° 16.892.837-8, ya individualizado, a sufrir la pena corporal de SESENTA y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de ingreso de celulares o elementos tecnológicos a centros penitenciarios, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, perpetrado en grado de desarrollo de consumado, el día 1 de noviembre de 2023, en la comuna de La Serena. II.- Que, al no reunirse los requisitos que exige la Ley N° 18.216, la pena impuesta deberá cumplirse de manera efectiva, para lo cual no existen abonos que considerar a su respecto. III.- Que, se decreta el COMISO de los efectos delito, consistentes en un teléfono celular, marca Aerbes con su respectiva batería y chip de la empresa Entel. PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2301277306-4 RIT Nº: 59 - 2024 DELITO: Delito del artículo 304 ter del Código Penal. SENTENCIADO: JOSÉ MANUEL MUÑOZ CAMPOS Código: XMDVXLXCGRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VI.- Que, SE EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, por las razones expuestas en la parte considerativa del fallo. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ejecutoriada la presente decisión, anótese,
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, ocho de febrero de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Felipe Gonzalo Pizarro Ávalos Fiscal Marcial Pérez Torres Defensor Privado José Miguel Riquelme Parrao Imputado José Manuel Muñoz Campos, cédula nacional de identidad N° 16.892.837-8, chileno, domiciliado en calle Pedro Aguirre Cerda N° 748, sector El Llano, comuna de Coquim
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