Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

MP C/ JONATHAN LEONARDO YÁÑEZ VENEGAS

Rol

O-91-2021

Fecha

3 de febrero de 2024

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos precedentemente descritos son constitutivos de un delito de robo con violencia, contemplado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en grado de consumado, cometido contra la persona de José Luis Lovera del Sol; Un delito de robo con violencia calificado, causando lesiones graves, contemplado en el artículo 433 N°3 del Código Penal, en grado consumado, cometido contra la persona de Jorge Muñoz Solís; Tres delitos de robo con intimidación, contemplado en el artículo 436 inciso primero del Código: XTJMXLMFXSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 Código Penal, en grado de consumados, cometidos con la persona de Alejandro Ruiz Gómez, Vicente Buchner Vera y Matías Tagle Hodges; Un delito de Porte Ilegal de Arma de Fuego, contemplado en el artículo 9 inciso primero, en relación al artículo 2 letra B de la Ley N°17.798 sobre Control de Armas, consumado, correspondiéndole al acusado en todos ellos participación en calidad de coautor en conjunto con otros sujetos. El Ministerio Público sostiene la concurrencia de las circunstancias agravantes establecidas en los números 12 N°16 y 449 Bis del Código Penal, sin circunstancias atenuantes. Finalmente, de conformidad al artículo 351 del Código Procesal Penal, como coautor del delito de porte ilegal de arma de fuego, consumado, solicita la imposición de la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias del artículo 29 del Código Penal, comiso de las especies incautadas y que previa toma de muestras biológicas se incluya su huella genética en el registro de condenados, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N°19.970, con costas. Por los restantes delitos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 351 del Código Procesal Penal, se solicita la pena única de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, accesorias del artículo 28 del Código Penal, comiso de las especies incautadas y que previa toma de muestras

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral recaído en los antecedentes RIT 91-2021, RUC: 1900690819-8, seguidos en contra del acusado RAÚL ANTONIO NÚÑEZ NÚÑEZ, cédula de Identidad N°15.549.020-9, artesano, nacido el 10 de diciembre de 1983 en Valdivia, soltero, estudios básicos completos, domiciliado en José del Carmen Rozas, número 873, Los Ediles, Valdivia, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en la presente causa. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto, don Alex Montesinos Cárdenas. La defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública Andrea Hernández Curivil Todos los interviniente señalaron como domicilio y forma de notificación los ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público sostuvo su acusación, en los términos indicados en el auto de apertura, que son del siguiente tenor: Con fecha 28 de junio de 2019, aproximadamente a las 03:10 horas, los acusados Tomás Brian Troncoso Gutiérrez, Jonathan Leonardo Yáñez Venegas y Raúl Antonio Núñez Núñez, previamente concertados, y en compañía de al menos tres sujetos más, no identificados en la investigación, se dirigieron hasta la empresa CCU, ubicada en el sector de la Ruta T-202, kilómetro 37,5, Valdivia, lugar hasta donde llegaron portando armas de fuego y ocultando su identidad con pasamontañas, ingresando al interior del recinto, dirigiéndose, en primer término, hasta el guardia de seguridad, don José Luis Lovera del Sol, a quien procedieron a golpear en su cabeza con la empuñadura de un arma de fuego, causándole una contusión craneana de carácter leve, para luego maniatarlo con una amarra plástica y trasladarlo hasta otro sector del recinto, donde también procedieron a intimidar, con las armas que portaban, a las víctimas Alejandro Ruiz Gómez, Mathias Tagle Hodges, Radomiro Monsalve Alvarado, Vicente Buchner Vera y Jorge Muñoz Solís, todos trabajadores del lugar, consultándoles reiteradamente y en todo momento “dónde se encontraba la plata” y “si habían más trabajadores en el lugar…”, e intimidándolos con frases como “esto es un robo y uno va a resultar baleado…” y “si no pillamos la plata le vamos a disparar a uno de ustedes…”, lo anterior mientras colocaban las armas en las cabezas de las víctimas o a la altura Código: XTJMXLMFXSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 del cuello para, luego de eso, cuando el afectado Muñoz Solís les indica que no había dinero, ser golpeado por uno de los acusados en el sector de su boca con la empuñadura de una de las armas, causándole una fractura dental completa, clínicamente grave, en tanto a la víctima Tagle Hodges lo agreden con un puntapié en su estómago para, posteriormente, en compañía de una de las víctimas, los acusados se dirigieron hasta el sector donde se encontraba una de las

Fallo

por tanto, se omitirá pronunciamiento en la presente sentencia. CUARTO: Alegatos de apertura y clausura. Bajo la lectura de los hechos de la acusación, los intervinientes presentaron los siguientes alegatos de apertura: Sostiene el Ministerio Público que este juicio oral tiene su antecedente en una investigación focalizada, relativa a un foco que se denominó el año 2018 como violencia en las rutas, persiguiéndose bandas que tuvieran una meridana organización, dirigidas a cometer delitos en la carretera en la Región de Los Ríos, o en sus caminos aledaños, principalmente camiones o empresas que se emplacen en estos sectores. En junio de 2019 se produjo un hecho de conmoción que afectÓ a la empresa CCU, el cual de inmediato se le informó a la Unidad de Análisis Criminal, por cumplir con los requisitos de esta modalidad de investigación. Afirma que esta acusación impresiona por su gravedad, contó con dos etapas, una de ellas fue la flagrancia ocurrida, donde se logró la detención de Tomas Troncoso y Jonathan Yáñez, quienes se encuentran actualmente condenados por estos hechos. Luego, habida consideración que a lo menos dos sujetos se dieron a la fuga, pasaron a la segunda etapa, de investigación propiamente tal, donde se hicieron diversas diligencias en los sitios del suceso, uno de ellos es el de la CCU donde estuvieron amarradas y maniatadas las víctimas, otro dice relación con los árboles que cayeron y los daños que con ello se produjo, y otro dice relación con la persecuci

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1 Valdivia, tres de febrero de dos mil veinticuatro VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral recaído en los antecedentes RIT 91-2021, RUC: 1900690819-8, seguidos en contra del acusado RAÚL ANTONIO NÚÑEZ NÚÑEZ, cédula de Identidad N°15.549.020-9, artesano, nacido el 10 de diciem

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