Juzgado de Garantía de Temuco.

ANGELICA DEL PILAR ARAVENA CATALAN C/ DORCA GETRUDIS MORA LEPE

Rol

O-8171-2022

Fecha

4 de febrero de 2024

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 05 de Enero de 2022, a eso de las 18:00 horas aproximadamente, mientras la víctima Angélica del Pilar Aravena Catalán se encontraba en su domicilio, recibió un llamado telefónico de la imputada DORCA GETRUDIS MORA LEPE, la que sin provocación alguna le señaló textualmente “que le iría a reventar la puerta de su casa y le haría daño a sus hijos”, generando un justo temor en la víctima de verse expuesta ella m sus hijos a la agresión. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el 340, 389, 393 bis, 395 del Código Procesal Penal, artículos 1, 49, 50, 70, 494 N°16 del Código Penal y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a DORCA GETRUDIS MORA LEPE, ya individualizada, a la pena de MULTA DE UN TERCIO ( / ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autora de la falta de COACCIÓN prevista y sancionada en el artículo 494 N°16 del Código Penal, en grado de consumado, come

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el 340, 389, 393 bis, 395 del Código Procesal Penal, artículos 1, 49, 50, 70, 494 N°16 del Código Penal y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a DORCA GETRUDIS MORA LEPE, ya individualizada, a la pena de MULTA DE UN TERCIO ( / ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autora de la falta de COACCIÓN prevista y sancionada en el artículo 494 N°16 del Código Penal, en grado de consumado, cometido en Temuco con fecha 05 de enero del año 2022. II.- Que conforme lo est

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RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : Falta de coacción. IMPUTADO : DORCA GETRUDIS MORA LEPE CÉDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Avenida PULMAHUE N° DEPTO 4, Padre de las Casas. ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, cuatro de febrero de dos mil veinticuatro Hechos: El día 05 de Enero de 2022, a eso de las 18:00 horas aproxima

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