SAUL/CONSTRUCTORA SAE LIMITADA
Rol
O-5837-2021
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se funda y, en subsidio, solicitó que su responsabilidad se declarara subsidiaria, ya que hizo efectivo el derecho a ser informado y también retuvo sumas. De todos modos, invoca la excepción de limitación de responsabilidad referida al pago de prestaciones solo del período en que tuvo lugar el vínculo de subcontratación. Alude finalmente al procedimiento de reorganización concursal, a que los actores estuvieron con suspensión del empleo por un periodo importante de tiempo y pide el rechazo, con costas. SEGUNDO: AUDIENCIAS CELEBRADAS EN LA CAUSA. Que con fecha 9 de diciembre de 2021 tuvo lugar la audiencia preparatoria y en ella se llamó a las partes a conciliación, la que no prosperó. A dicha audiencia solo compareció la demandante y demandada solidaria. Atendido lo precedentemente relatado y existiendo a juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se fijaron los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes, en la afirmativa, fecha de inicio, remuneración y funciones desarrolladas por los demandantes. 2. De existir relación laboral, parte que puso término al vínculo, fecha de término, cumplimiento de las formalidades legales, en la afirmativa, causal invocada, hechos en que se funda, efectividad de las mismas, pormenores y circunstancias. 3. De existir relación laboral, si las cotizaciones de seguridad social de los demandantes se encuentran íntegramente pagadas. 4. De existir relación laboral, si se adeuda a los demandantes remuneraciones y feriado proporcional. 5. Existencia de una relación contractual entre las demandadas, en la afirmativa, elementos que configuran el régimen de subcontratación invocado, tiempo que duró el referido vínculo, período en que los trabajadores prestaron servicios en ella y si la contratista hizo uso de su derecho de retención e información. Siendo 20 de abril de 2022 se celebró la audiencia de juicio, a la que sólo comparece la parte demandante y demanda
Fundamentos
CONSIDERANDO FINAL: Que las demás pruebas incorporadas al proceso por los litigantes, en nada alteran lo precedentemente resuelto. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 73, 162, 163 y 168 y 446 a 462 del Código del Trabajo, y 1698 del Código Civil,
Fallo
se declarara subsidiaria, ya que hizo efectivo el derecho a ser informado y también retuvo sumas. De todos modos, invoca la excepción de limitación de responsabilidad referida al pago de prestaciones solo del período en que tuvo lugar el vínculo de subcontratación. Alude finalmente al procedimiento de reorganización concursal, a que los actores estuvieron con suspensión del empleo por un periodo importante de tiempo y pide el rechazo, con costas. SEGUNDO: AUDIENCIAS CELEBRADAS EN LA CAUSA. Que con fecha 9 de diciembre de 2021 tuvo lugar la audiencia preparatoria y en ella se llamó a las partes a conciliación, la que no prosperó. A dicha audiencia solo compareció la demandante y demandada solidaria. Atendido lo precedentemente relatado y existiendo a juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se fijaron los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes, en la afirmativa, fecha de inicio, remuneración y funciones desarrolladas por los demandantes. 2. De existir relación laboral, parte que puso término al vínculo, fecha de término, cumplimiento de las formalidades legales, en la afirmativa, causal invocada, hechos en que se funda, efectividad de las mismas, pormenores y circunstancias. 3. De existir relación laboral, si las cotizaciones de seguridad social de los demandantes se encuentran íntegramente pagadas. 4. De existir relación laboral, si se adeuda a los demandantes remuneraciones y feriado proporcional. 5.
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintidós. PRIMERO: INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES Y SINTESIS DE SUS ALEGACIONES Que comparecen al proceso CHARLES CORVIL y SAUL BENSON, ambos de nacionalidad haitiana, domiciliados para estos efectos en Morandé 835, of. 1410, comuna de Santiago, quienes interponen demanda por nulidad de despido, despido injusti
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