Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ EDGARDO ESTEBAN BRAVO ZÚÑIGA

Rol

O-491-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la jueza doña Yesica Hidalgo Parra, quien presidió y las magistradas doña Rocío Castelló Cordero y doña Marcela Paredes Olave, se llevó a efecto el día treinta y uno de enero de 2024 la audiencia del juicio oral de la causa rol interno del tribunal N° 491- 2023, seguida en contra de Edgardo Esteban Bravo Zúñiga, cédula de identidad N°7.787.978-1, nacido en Rancagua, el día 24 de julio de 1965, 58 años, soltero, comerciante, domiciliado en Avenida Las Torres 485, población Esperanza, Rancagua. La acusación fue sostenida por el fiscal del Ministerio Público don Maximiliano Mariángel Puga, en tanto defensa estuvo a cargo de los defensores penales públicos don Franco Vasallo Moreno, doña Pamela Hurtado García y doña Daniela Larraguibel González. SEGUNDO: Que la acusación materia de este juicio se basó en los siguientes hechos: “El día 23 de octubre de 2022 en circunstancias que la víctima de iniciales R.C.L.L, sale de su domicilio ubicado en Campamento Trapiche de la comuna de Rancagua en dirección al Hospital Regional con el fin de requerir atención médica de urgencia al llegar a intersección con Avenida Alameda es abordada por el imputado EDGARDO ESTEBAN BRAVO ZÚÑIGA quien procede a intimidarla con arma blanca tipo machete y adivinaciones con la cual apunta a la víctima y le señala “maraca concha de tu madre bájate los calzones”, luego procede a registrarla y sustraer la suma de $10.000 y un teléfono celular marca Samsung de propiedad de la víctima huyendo con las especies a su poder en dirección a la Villa San Rafael ocultándose al interior de un inmueble ubicado en Calle Pedro Aguirre Cerda N° 1250 al cual ingresa sin autorización de su propietario”. A juicio del Ministerio Público los hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en los artículos 436 del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo de consumado, correspondiéndole al imputado Edgardo Esteban Bravo Zuñiga, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, participación en calidad de autor ejecutor de los delitos materia de la presente acusación. Indica el Ministerio Público que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad que ponderar, solicitando que se le imponga a Bravo Zúñiga, la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales y costas de la causa. TERCERO: En el alegato de apertura el Fiscal anunció que presentara una serié de evidencia que dará cuenta la existencia del delito y la participación del acusado en el mismo. Se está frente a una víctima que va camino al hospital por una enfermedad grave, cáncer y en el campamento El Trapiche es intimidada por el acusado con un elemento que se logró incautar, quien la amenaza y le sustrae especies, estando en condiciones de solicitar la condena. Código: GXXLXLXTZVP Este documento tiene

Fallo

por estas personas, concurre a esa casa, la persona le facilitó el ingresó, pero no se identificó ni firmó acta de ingreso, pero en todo momentos estuvieron juntos, quien de manera textual le dijo que “le sacaran a este weon de acá y que no quería problemas”, no hubo daños ni personas lesionadas, registrando el domicilio y en uno de los dormitorios encontró al sujeto que describían como el autor del hecho, procediendo a su detención, encontrando el machete y lo tomó detenido previa lectura de sus derechos trasladándolo a la unidad policial. Las personas que acompañaban a la víctima no prestaron declaración, ya que no querían meterse en problemas, quienes no quisieron participar ya que solo la ayudaron, pero no vieron los hechos. Se logró identificar al sujeto en la unidad sin recordar el nombre, se le refresca memoria, con declaración del parte policial de fecha 23 de octubre de 2022, señalando que se identificó como “Edgardo Zúñiga”. El Fiscal de turno ordenó la incautación de la especie, arma blanca, tipo machete, tomar declaración de la víctima. Se le exhibe fotografía de machete, explicando que el detenido lo tenía oculto. Y se le exhibe materialmente el machete que incautó el día de los hechos, NUE 5461806, donde se lee nombre del imputado Edgardo Esteban Bravo Zúñiga y sale su nombre como carabinero que realizó levantamiento del arma. No se logró recuperar el dinero en efectivo ni el celular. Desde el lugar del delito a la casa donde se ocultó es a 20 o 30 metros, por

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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Rancagua 1 Rancagua, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la jueza doña Yesica Hidalgo Parra, quien presidió y las magistradas doña Rocío Castelló Cordero y doña Marcela Paredes Olave, se llevó a efecto el día treinta y uno

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