Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

C/ LUIS ALBERTO GRANDE VILLALOBOS

Rol

O-145-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

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No especificado

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Hechos

hechos: “El día 18 de febrero de 2021, aproximadamente a las 5:00 hrs. de la madrugada, el acusado Luis Alberto Grande Villalobos, llegó hasta el servicentro Shell ubicado en calle Camino Real Nº 1990, Recreo, Viña del Mar y estando en el lugar forzó la protección de la vitrina de venta y sustrajo varios bidones de aceite de motor de distintas marcas, anticongelantes, plumillas y otros productos, para luego retirarse del lugar en dirección desconocida con las especies en su poder”. Para la acusación fiscal, los hechos transcritos serían constitutivos del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal; el acusado habría participado en los hechos como autor, en los términos del artículo 15 Nº1 del mismo cuerpo legal; el delito se encontraría ejecutado en grado de consumado; en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, se invoca la de reincidencia específica del artículo 12 N°16 del Código Penal. Se concluye solicitando las siguientes penas: la corporal de cuatro años de presidio, accesorias legales y las costas de la causa. TERCERO. CONVENCIONES PROBATORIAS: No se concordaron. CUARTO. EXPOSICIONES DE APERTURA: La fiscalía expuso que esto se trata de un robo en lugar habitado, se sustrajo desde una vitrina y huye con las especies. Se pide la condena. Código: FLYXLCRXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 La defensa alegó que va a colaborar con el establecimiento de los hechos. Acá no existe flagrancia y el acusado fue apercibido. Solicita se considere la colaboración. Va a pedir una calificación jurídica distinta. No hay una sustracción mediante fuerza. QUINTO. DECLARACIÓN DEL ACUSADO: Advertido el acusado de conformidad a lo prevenido en el artículo 326 del Código Procesal Penal, prestó declaración y expuso en síntesis que a la fecha, siempre “colinda en Recreo”; caminaba hacia Placeres, donde su mamá. Ese día pasó a pedir agua.

Fundamentos

considerando: PRIMERO. TRIBUNAL E INTERVINIENTES: El día 31 de enero pasado, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en la presente causa, seguida en contra de LUIS ALBERTO GRANDE VILLALOBOS, cédula nacional de identidad N° 16.107.976-6, nacido en Valparaíso el día 6 de mayo de 1986, de 37 años de edad, soltero, cargador de camiones, domiciliado en Pasaje Águila Casa Nº 20, Población Vista Al Mar, Cerro Placeres, Valparaíso. El acusado estuvo legalmente representado en juicio por el defensor penal José Miguel Osorio Lorca. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal Gonzalo Inostroza Flores. SEGUNDO. LA ACUSACIÓN FISCAL: La acusación fiscal se deduce por los siguientes hechos: “El día 18 de febrero de 2021, aproximadamente a las 5:00 hrs. de la madrugada, el acusado Luis Alberto Grande Villalobos, llegó hasta el servicentro Shell ubicado en calle Camino Real Nº 1990, Recreo, Viña del Mar y estando en el lugar forzó la protección de la vitrina de venta y sustrajo varios bidones de aceite de motor de distintas marcas, anticongelantes, plumillas y otros productos, para luego retirarse del lugar en dirección desconocida con las especies en su poder”. Para la acusación fiscal, los hechos transcritos serían constitutivos del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal; el acusado habría participado en los hechos como autor, en los términos del artículo 15 Nº1 del mismo cuerpo legal; el delito se encontraría ejecutado en grado de consumado; en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, se invoca la de reincidencia específica del artículo 12 N°16 del Código Penal. Se concluye solicitando las siguientes penas: la corporal de cuatro años de presidio, accesorias legales y las costas de la causa. TERCERO. CONVENCIONES PROBATORIAS: No se concordaron. CUARTO. EXPOSICIONES DE APERTURA: La fiscalía expuso que esto se trata de un robo en lugar habitado, se sustrajo desde una vitrina y huye con las especies. Se pide la condena. Código: FLYXLCRXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 La defensa alegó que va a colaborar con el establecimiento de los hechos. Acá no existe flagrancia y el acusado fue apercibido. Solicita se considere la colaboración. Va a pedir una calificación jurídica distinta. No hay una sustracción mediante fuerza. QUINTO. DECLARACIÓN DEL ACUSADO: Advertido el acusado de conformidad a lo prevenido en el artículo 326 del Código Procesal Penal, prestó declaración y expuso en síntesis que a la fecha, siempre “colinda en Recreo”; caminaba hacia Placeres, donde su mamá. Ese día pasó a pedir agua.

Fallo

Se acuerda que nunca le vio la cara al bombero que estaba en la caseta. Ese bombero lo autorizó a sacar agua. Entre la caseta y la llave había una vitrina. Él en realidad no hizo fuerza para que se abriera, la tomó y abrió. No hizo fuerza. Sacó unos productos y de ahí sacó agua y se fue de inmediato. No hubo mayor problema con el bombero ni nada, sólo se lo autorizó a sacar agua. En el trayecto había una vitrina. Al fiscal, indica que si no se equivoca fue el 2021. Le pareció que fue en invierno. Fue cerca de la una y media de la madrugada. Él pasaba por el lugar. Se refiere a la Shell de Recreo, de Camino Real. No sabe número. Él había pedio antes agua en ese lugar. Sustrae especies desde la vitrina. La vitrina estaba abierta, no tenía llaves. No estaba con llaves. Tenía una manillita, la abrió. Nunca rompió nada. Tenía la manillita y eso es como abrir la puerta. Tiene entendido que había un video. Se reproduce el medio “grabación de video del hecho punible”, expone: señala que puede ver el video, dice “18-2-2021”; señala que el lugar es la Shell de Camino Real, esa es la parte donde están las cosas amarillas, al frente está la caseta del bombero; las barreras amarillas están en la entrada; frente a las barreras está la caseta; ve a una persona en la imagen, con gorro y chaleco azul; señala que la persona que aparece es él; estaba recogiendo los productos que sacó y los puso en la mochila; ahí los retiró; llevaba una mochila, cree que seis aceites de motor, en la mochil

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE VIÑA DEL MAR c. LUIS ALBERTO GRANDE VILLALOBOS. DELITO: ROBO EN LUGAR NO HABITADO. RUC: 2100165060-K. RIT: 145-2023. Viña del Mar, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. Visto, oído y considerando: PRIMERO. TRIBUNAL E INTERVINIENTES: El día 31 de enero pasado, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, se llevó a efecto la audiencia del

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