Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ MICHAEL ENRIQUE CUEVAS MARCHANT

Rol

O-9373-2023

Fecha

1 de febrero de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 08 de noviembre de 2023, siendo alrededor de las 20:40 horas, la víctima Nataniel Salvador Opazo Estay se encontraba en el local comercial de propiedad de su abuelo, ubicado en calle San Lorenzo N°715 de la ciudad de Rancagua, ingresando hasta el lugar el imputado Michael Enrique Cuevas Marchant, el que lo hacía premunido de un objeto contundente en sus manos y quién apunta con dicho objeto a la víctima, y le manifiesta: “entrega todo, entrega toda la plata”. Sin embargo, la víctima se percató que la especie con la cual lo estaba intimidando correspondía no a un arma de fuego, sino que a una herramientas tipo Ale, por lo que intenta acercarse al imputado, momento en que éste se abalanza sobre la víctima, comienza a golpearlo en el rostro, logrando la víctima reducirlo, evitando entregar las respectivas especies que solicitaba el imputado. A raíz de esta agresión la víctima resultó con lesiones en la frente, con estigma de sangrado y con aumento de volumen en hueso detrás del oído derecho, todas de carácter leves. Sentencia: Rancagua, uno de febrero de dos mil veinticuatro Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 15 N° 1, 432, 436 y siguientes del Código Penal, artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley N° 18.216 y demás normas aplicables en la especie, se declara: I.- Que se CONDENA A MICHAEL ENRIQUE CUEVAS MARCHANT, ya individualizado, a la PENA DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito tentado de Robo con violencia previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 08 de noviembre de 2023,

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA A MICHAEL ENRIQUE CUEVAS MARCHANT, ya individualizado, a la PENA DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito tentado de Robo con violencia previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 08 de noviembre de 2023, en perjuicio de la víctima Nataniel Salvador Opazo Estay. II.- Teniendo presente que el imputado ha admitido responsabilidad en los hechos, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. III.- Que, reuniendo el sentenciado, los requisitos del artículo 15 y 15 BIS de la Ley 18.216, se dispone el cumplimiento de las penas corporales mediante la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA con un lapso de intervención igual al de la pena corporal antes señaladas, debiendo cumplir especialmente las condiciones de: Código: LELGXLCNXEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl mailto:michael.mcm@outlook.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl - Tener residencia en un

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA uno de febrero de dos mil veinticuatro Ruc: 2301219393-9 Rit: 9373 - 2023 Hora Inicio: 10.34 Hora Término: 11.21 Juez: CAROLINA PIA LAZEN MALDONADO Tipo de Audiencia: PJO/PA Imputado: MICHAEL ENRIQUE CUEVAS MARCHANT C.I. N° 0020026692-7 - Comparec

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