C/ ASHLEY NATHALY GUERRERO LECAROS
Rol
O-3421-2023
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a ASHLEY NATHALY GUERRERO LECAROS y HECTOR MANUEL NUÑEZ VARGAS, ya individualizados, a cada uno sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, Multa de 1/3 de U.T.M., Comiso de las especies contenidas en el NUE 4636158 y accesorias del artículo 38 de la Ley 18.216, por su responsabilidad como autores del delito consumado de Tráfico de drogas en pequeñas cantidades, ocurrido el 20 de agosto del año 2023, en la comuna de La Pintana. II.- Que a ASHLEY NATHALY GUERRERO LECAROS, se le sustituye la pena privativa de libertad, por la Remisión Condicional, debiendo la imputada firmar una vez al mes, por el periodo de un año en el C.R.S. Santiago Sur, ubicado en calle Arturo Prat N° 1490, comuna de Santiago, quedando así bajo la súper vigilancia de Gendarmería de Chile, debiendo mantener su domicilio en la ciudad de Santiago, a menos que se autorice su modificación. Que se ordena oficiar para lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. III.- Que se reconoce para HECTOR MANUEL NUÑEZ VARGAS, 161 días de abono, los cuales se utilizan 61 días para dar POR CUMPLIDA la pena privativa de libertad, y un día para dar POR CUMPLIDA la pena pecuniaria. En el caso de ASHLEY NATHALY GUERRERO LECAROS, se le reconoce 01 día de abono, que se da por utilizado para dar POR CUMPLIDA la pena pecuniaria. IV.- Que no se condena en costas a los sentenciados. Ejecutoriado este fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Proces
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RESUMEN: TRIBUNAL : 15° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RUC : 2300915867-7 RIT : 3421-2023 MATERIA : Tráfico de drogas en pequeñas cantidades, artículo 4° de la Ley 20.000 IMPUTADA : ASHLEY NATHALY GUERRERO LECAROS CED DE IDENTIDAD : 20.362.771-8 DOMICILIO : San Nicolas N° 1020, dpto. 1408, comuna de San Miguel. IMPUTADO : HECTOR MANUEL NUÑEZ VARGAS CED DE IDENTIDAD : 20.227.138-3 DOMICILIO : San Nic
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