C/ ALFREDO CLODOMIRO PÉREZ BARRAZA
Rol
O-3729-2023
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Que el día 23 de septiembre de 2023, aproximadamente a las 17:25 horas, en el interior del estadio monumental, ubicado en calle Marathon N° 5300, comuna de Macul, lugar donde se desarrollaba un partido de fútbol profesional, personal policial sorprendió al requerido ALFREDO CLODOMIRO PÉREZ BARRAZA, tratando de ingresar al recinto deportivo con una cédula de identidad a nombre de LUCAS JHULIANO MÉNDEZ PÉREZ, usurpando claramente el nombre de otra persona. Delito y grado de desarrollo OCULTACIÓN DE NOMBRE O IDENTIDAD, falta prevista en el artículo 496 N° 5 del código penal, en grado de desarrollo consumada. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes 11 Nº 6 y 9 Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ALFREDO CLODOMIRO PÉREZ BARRAZA, ya individualizado en la audiencia, como autor de la falta consumada de OCULTACIÓN DE NOMBRE O IDENTIDAD del artículo 496 N° 5 del código penal, cometida el día 23 de septiembre de 2023, en la comuna de Macul, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de Unidad tributaria mensual, sin costas. II. Que, la pena de multa impuesta se le da por cumplida al sentenciado con los días en que estuvo privado de libertad por la presente causa, correspondientes al 23 y 24 de septiembre de 2023. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Código: XWYDXLBHXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 468 del Código Procesal Penal, en lo que procediere. Las partes renuncian a los plazos. Ordena archivo. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XWYDXLBHXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http:
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ALFREDO CLODOMIRO PÉREZ BARRAZA, ya individualizado en la audiencia, como autor de la falta consumada de OCULTACIÓN DE NOMBRE O IDENTIDAD del artículo 496 N° 5 del código penal, cometida el día 23 de septiembre de 2023, en la comuna de Macul, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de Unidad tributaria mensual, sin costas. II. Que, la pena de multa impuesta se le da por cumplida al sentenciado con los días en que estuvo privado de libertad por la presente causa, correspondientes al 23 y 24 de septiembre de 2023. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Código: XWYDXLBHXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 468 del Código Procesal Penal, en lo que procediere. Las partes renuncian a los plazos. Ordena archivo. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XWYDXLBHXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XWYDXLBHXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-02-02T10:27:15-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2301031021-0 RIT : 3729 - 2023 IMPUTADO : ALFREDO CLODOMIRO PÉREZ BARRAZA Cédula de Identidad : 17.164.635-9 Nacionalidad : CHILENO Fecha de nacimiento : 04-06-1989 Domicilio : Sargento Ortiz N° 42, Barrio La Concepcion, Los Andes PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro JUEZ : VERONICA ALEJ
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