C/ IVONNE KARINA RIQUELME MENA
Rol
O-13855-2022
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 01 de diciembre de 2022, a las 13:30 horas aproximadamente, en la intersección de calle Salvador Sanfuentes con calle San Alfonso, en la comuna de Santiago, la imputada ELENA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÓRDENES, previamente concertada con la coimputada IVONNE KARINA RIQUELME MENA, se antepone delante de la víctima FELIPE IGNACIO MARTÍNEZ GERARD, provocando aglomeración y agolpamiento, dificultando su normal desplazamiento, lo cual fue aprovechado por la imputada IVONNE KARINA RIQUELME MENA, acercándose por el costado izquierdo de la víctima y sorpresivamente le abre el bolsillo lateral costado izquierdo de su pantalón, sustrayéndole su billetera en la cual mantenía las siguientes especies: su cedula de identidad, licencia de conducir clase B, diferentes tarjetas bancarias, la suma de $190.000.- pesos de dinero en efectivo, para posteriormente las imputadas darse a la fuga del lugar con las especies sustraídas. SE DECLARA: I.- Que, se condena a ELENA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÓRDENES y a IVONNE KARINA RIQUELME MENA ya individualizadas, a la pena de 425 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORAS del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día 01 de Código: VGFJXLPGHFP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diciembre de 2022, en la comuna de Santiago. II.- Que, atendido al tiempo que permanecieron privadas de libertad con la medida cautelar de arresto domiciliario total con motivo de la presente causa, desde el 02 de diciembre del 2022 hasta el día 31 enero del 2024, la pena corporal impuesta se tiene por cumplida respecto de ambas sentenciadas. IV.-Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos se les exime a las sentenciadas del pago de las costas de la causa, atend
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a ELENA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÓRDENES y a IVONNE KARINA RIQUELME MENA ya individualizadas, a la pena de 425 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORAS del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día 01 de Código: VGFJXLPGHFP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diciembre de 2022, en la comuna de Santiago. II.- Que, atendido al tiempo que permanecieron privadas de libertad con la medida cautelar de arresto domiciliario total con motivo de la presente causa, desde el 02 de diciembre del 2022 hasta el día 31 enero del 2024, la pena corporal impuesta se tiene por cumplida respecto de ambas sentenciadas. IV.-Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos se les exime a las sentenciadas del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos Dictada por doña PATRICIA MICHELL IBACACHE TOLEDO, Juez titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIA MICHELL IBACACHE TOLEDO RUC: 2201208841-1 RIT: 13855-2022 IMPUTADA: IVONNE KARINA RIQUELME MENA C.I 0012511285-4 IMPUTADA ELENA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÓRDENES C.I 0009034746-2 DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO 436 inciso 2° del Código Penal.
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