Juzgado de Garantía de Melipilla

MP C/ ALEX SEBASTIÁN MONDACA CARVALLO

Rol

O-1181-2023

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 6 N° 9, 15 N°1, 67, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, de la ley 18.216, artículos 1, 110, 196 de la Ley 18.290 se declara: I.- Que, se condena a don ALEX SEBASTIÁN MONDACA CARVALLO, cédula de identidad N° 0015624032-K, ya individualizado, como autor del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 15 de abril de 2023, a sufrir una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 3 de UTM, suspensión de su licencia conducir por el plazo de 5 años y la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CRS Santiago Occidente, por el lapso de un año, debiendo presentarse el 8 de febrero de 2024. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. Código: KQGQXLBXWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2300411376-4 RIT N° 1181 - 2023 “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Dictada por don VÍCTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. Código: KQGQXLBXWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va

Fundamentos

considerando: HECHO: El día 15 de abril del año 2023, a las 01:50 horas aproximadamente, el acusado ALEX SEBASTIAN MONDACA CARVALLO, conducía el vehículo Hyundai modelo H1, placa patente única FKGZ-26 por calle Egaña, en la comuna de Melipilla, y al llegar a la altura del número 748, debido a su evidente estado de ebriedad, colisiono el vehículo Marca Ford, modelo fiesta, placa patente única FCPY-33 de propiedad de la víctima Patricio Castro Pacheco, resultando éste con daños de consideración y que producto de la proyección del impacto, golpeo a la víctima Orealisis Pacheco Vargas, quien resulto con laceración esplénica grado 4 hematoma suprarrenal izquierdo, fractura de clavícula izquierda acortada, fractura de escapula izquierda, fractura radio deficitaria izquierda, múltiple fractura de apofis espinosa, fracturas costales izquierdas sin tórax volante, lesiones clínicamente de carácter grave, y que su estado de ebriedad se constató a través del informe de alcoholemia emitido por servicio médico legal N° 6946-2023, que arrojo que el acusado conducía con 1,38 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de verificarse los hechos. MODIFICATORIA: Que favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista en el artículo 11 N° 6 y N° 9 del Código Penal, atendido que no tiene anotaciones penales anteriores, ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 6 N° 9, 15 N°1, 67, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, de la ley 18.216, artículos 1, 110, 196 de la Ley 18.290

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a don ALEX SEBASTIÁN MONDACA CARVALLO, cédula de identidad N° 0015624032-K, ya individualizado, como autor del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 15 de abril de 2023, a sufrir una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 3 de UTM, suspensión de su licencia conducir por el plazo de 5 años y la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CRS Santiago Occidente, por el lapso de un año, debiendo presentarse el 8 de febrero de 2024. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. Código: KQGQXLBXWWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2300411376-4 RIT N° 1181 - 2023 “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2300411376-4 RIT: 1181-2023 IMPUTADO 2: ALEX SEBASTIÁN MONDACA CARVALLO C.I. : 15.624.032-K FECHA DE NAC.: 16/02/1984 DIRECCION: CALLE ANA FUENTES N° 1720// COMUNA: Melipilla. Melipilla, treinta y uno de enero de dos mil

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