11º Juzgado Civil de Santiago

LEYTON/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-26907-2019

Fecha

18 de enero de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece doña Jacqueline Leyton Valenzuela, domiciliada en Paseo Ermita de San Antonio N°14.180, comuna de Lo Barnechea, y deduce demanda de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, domiciliada en Avenida El Rodeo N°12777, comuna de Lo Barnechea, a fin que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de la deuda de los derechos de aseo que goza la demandada, por el período que se extiende desde el 30 de abril de 2009 al 30 de junio de 2013, por la suma de $1.238.653 (un millón doscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos). Refiere que la propiedad ubicada en Paseo Ermita de San Antonio N°14.180, comuna de Lo Barnechea, adeuda derechos de aseo por el período que se extiende desde el día 30 de abril de 2009 al 30 de junio del año 2013, por la suma de $1.238.653. Precisa la declaración de prescripción de las deudas por servicios de aseo, cuyos vencimientos se hayan producido desde el 30 de abril de 2009 al 30 de junio del año 2013. Funda demanda en diversa jurisprudencia, y cita al efecto la disposición contenida en el artículo 2521 del Código Civil. La demandada, en escrito de contestación, se allana a la demanda deducida por el periodo que va desde el 30 de abril del año 2009 al 30 de junio del año 2013. En el primer otrosí comparece la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea y deduce demanda reconvencional de cobro de pesos por derechos de aseo no C-26907-2019 Foja: 1 pagados y no prescritos, lo que alcanza a la suma de $40.976, en contra de Jacqueline Leyton Valenzuela, solicitando que se declare que adeuda la suma referida, más intereses y reajustes al día de pago efectivo, con costas en caso de oposición. La demandada reconvencional se allana en su totalidad a demanda reconvencional deducida en su contra, escrito respecto del cual no se dio a lugar por ser extemporáneo. Con fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinte, se lleva a efecto audiencia de estilo. Llamadas las parte

Fundamentos

Considerando : I.- En cuanto a la demanda principal: Primero: Ha comparecido doña Jacqueline Leyton Valenzuela, deduciendo demanda de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, a fin que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de la deuda de los derechos de aseo que goza la demandada, por el período que se extiende desde el 30 de abril de 2009 al 30 de junio de 2013, por la suma de $1.238.653 (un millón doscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos), y que funda en antecedentes de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: La demandada se allana íntegramente a la acción de prescripción por el periodo que refiere la demanda. C-26907-2019 Foja: 1 Tercero: La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y es producto del transcurso del tiempo unido a la inactividad del acreedor para hacer valer su derecho al crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2492 del Código Civil. Cuarto: Conforme lo establece el artículo 2515 del Código Civil, el plazo de prescripción es de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las ordinarias. Por su parte, el artículo 2521 sostiene que el plazo de prescripción de las acciones de las cuales el titular el Fisco de Chile y las Municipalidades es de 3 años, plazo de que conforme a las reglas generales se contabiliza desde que la obligación se ha hecho exigible. Quinto: En el caso de marras, de acuerdo al allanamiento que hace la demandada e informe de deuda aportado por la actora (folio 1), se pudo constatar: a) que la propiedad de Pasaje Ermita San Antonio N° 14180, ST 4 30, comuna de Lo Barnechea, adeuda derechos de aseo por el periodo que va desde el 30 de abril del año 2009 a 30 de junio del año 2019 y que equivale a la suma de $1.264.321pesos y; b) que la acción de cobro para hacer exigible el período que va desde el mes de abril del año 2009 a 30 de junio del año 2013, ambos inclusive, se encuentra extinguido por prescripción. Sexto: Con el mérito de lo referido en el fundamento precedente, ha de acogerse la demanda de prescripción extintiva del cobro de derechos de aseo adeudadas por la propiedad de Pasaje Ermita San Antonio N° 14180, comuna de Lo Barnechea, por el período que va desde el 30 de abril del año 2009 al 30 de junio del año 2013, ambos inclusive y que asciende a la suma de $1.238.653 (un millón doscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos). Séptimo: Habiéndose allanado la parte demandada a la pretensión referida, cada parte hará pago de sus costas. II.- En cuanto a la demanda reconvencional de cobro de pesos: C-26907-2019 Foja: 1 Octavo: Ha comparecido la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea solicitando respecto de Jacqueline Leyton Valenzuela, el cobro de derechos de aseo adeudados por la propiedad de marras, ascendente a la suma de $40.976, y que funda en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expos

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda de prescripción extintiva declarándose prescritas las acciones derivadas para el cobro de derechos de aseo adeudadas C-26907-2019 Foja: 1 por la propiedad de Pasaje Ermita San Antonio N°14.180, comuna de Lo Barnechea, por el período que va desde el 30 de abril del año 2009 al 30 de junio del año 2013, ambos inclusive y que asciende a la suma de $1.238.653 (un millón doscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos). II.- Que se acoge íntegramente la demanda reconvencional por el período cuya fecha de vencimiento corresponde de 30 de abril de 2019 a 30 de noviembre de 2019, cuyo monto asciende a la suma de $40.976 (cuarenta mil novecientos setenta y seis pesos). III.- Que cada parte pagará sus costas en cuanto a la demanda principal y reconvencional. Regístrese y archivese. Rol C N°26907-2019 Pronunciada por Ximena Pilar Sumonte Contreras, Jueza Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Enero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-01-18T18:5

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C-26907-2019 Foja: 1 FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-26907-2019 CARATULADO : LEYTON/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, dieciocho de Enero de dos mil veintiuno Vistos: Comparece doña Jacqueline Leyton Valenzuela, domiciliada en Paseo Ermita de San Antonio N°14.180, comuna de Lo Barnechea, y deduce demanda de prescripción

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