7º Juzgado de Garantía de Santiago

CLAUDIO ANDRÉS FIGUEROA VERA C/ IVÁN NICOLÁS HUERTA PÉREZ

Rol

O-11897-2023

Fecha

31 de enero de 2024

Materia

FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 11 de octubre de 2023, alrededor de las 16:45 horas, carabineros realizó controles vehiculares en la intersección de calle 21 de Mayo con Monjitas en la comuna de Santiago. IVAN NICOLAS HUERTA PEREZ conducía el vehículo marca Hyundai, modelo Accent, año 2011, color negro P.P.U BXPT91. Manteniendo consigo y exhibiendo al personal una licencia de conducir clase B presuntamente emanada de la I. Municipalidad de San Miguel. La que resultó ser falsa no manteniendo la leyenda República de Chile, siendo una línea discontinua, además de no mantener papel prepicado en sus contornos, verificando con una luz ultravioleta el documento este NO MANTENÍA LAS FIBRILLAS LUMINISCENTES como en una original. Verificando a través del Depto de Tránsito de la referida Municipalidad que no mantenía licencia registrada en aquella. SE DECLARA: I.- Que se condena a IVAN NICOLAS HUERTA PEREZ, ya individualizado, a la pena efectiva de CIENTO DIEZ (110) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, asimismo al pago de una MULTA A BENEFICIO FISCAL QUE SE REGULA EN UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la inhabilitación para la obtención de licencia de conducir por el término de DOS (2) AÑOS, por su responsabilidad como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON LICENCIA DE CONDUCIR FALSIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 192 letra b) de la Ley N° 18.290, en grado de Código: XFXXXLLVXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución de CONSUMADO, cometido el día 11 de octubre de 2023, en la comuna de Santiago. II.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, la pena corporal deberá ser cumplida de manera efectiva. III.- Que la pena corporal se le tiene por cumplida por el tiempo que el sentenciado pasó sometido a la medida cautelar de arr

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a IVAN NICOLAS HUERTA PEREZ, ya individualizado, a la pena efectiva de CIENTO DIEZ (110) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, asimismo al pago de una MULTA A BENEFICIO FISCAL QUE SE REGULA EN UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la inhabilitación para la obtención de licencia de conducir por el término de DOS (2) AÑOS, por su responsabilidad como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON LICENCIA DE CONDUCIR FALSIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 192 letra b) de la Ley N° 18.290, en grado de Código: XFXXXLLVXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución de CONSUMADO, cometido el día 11 de octubre de 2023, en la comuna de Santiago. II.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, la pena corporal deberá ser cumplida de manera efectiva. III.- Que la pena corporal se le tiene por cumplida por el tiempo que el sentenciado pasó sometido a la medida cautelar de arresto domiciliario total, desde el día 12 de octubre de 2023 al día de hoy. IV.- Que la pena pecuniaria impuesta se le tiene por cumplida con el día en que el imputado estuvo privado de libertad con motivo de su control de la detención, a saber, el día 12 de octubre de 2023. V.- Que se decreta el comiso de la licencia de conducir fa

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2301105457-9 RIT: 11897 - 2023 IMPUTADO: IVÁN NICOLÁS HUERTA PÉREZ C.I. 0019563595-1 DELITO (Indicar si es reiterado) Conducción De Vehículo Motorizado Con Licencia De Conducir Falsificada ARTICULO 192 letra b) d

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