GAETE/
Rol
V-169-2020
Fecha
18 de enero de 2021
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que a lo principal del folio 1, el 5 de octubre de 2020, comparece, debidamente representada, doña Daniela Andrea Gaete Vergara, agrónoma, Cédula Nacional de Identidad N° 19.130.564-7, con domicilio en calle Río Imperial Nº 155, departamento 1203, Concón, e interpone solicitud de cambio de nombre, pidiendo en definitiva la modificación de su partida de nacimiento en el Servicio de Registro Civil e Identificación, inscrita bajo el Nº 1.588, Registro S del año 1995, Circunscripción San Felipe, autorizando el cambio de su apellido paterno por “Bernal”, quedando en definitiva como “Daniela Andrea Bernal Vergara.” Funda su solicitud en que sus padres, conforme al certificado de nacimiento que acompaña, son don César Ulises Gaete Martínez y doña Viviana Carol Vergara Videla, señalando que desea ocupar el apellido paterno “Bernal”, con el que es conocida desde hace por lo menos 10 años, toda vez que desde el año 2005 ha vivido con Patricio Andrés Bernal Escobar, pareja de su madre, por lo que todos sus cercanos asumen que tiene el mismo apellido. Segundo: Que el inciso segundo del artículo 1° de la Ley 17.344, dispone que “cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: (…) b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por
Fundamentos
motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y”. Tercero: Que para acreditar el fundamento fáctico de su solicitud, rindió información sumaria de testigos con fecha 30 de octubre de 2020, rolante a los folios 15 y 16, en la que declaran don José Eduardo Zapico Guerrero y doña Nicole Andrea Estay Yévenes. El primero señala que conoce a la solicitante desde el año 2014, entrando a la Universidad, que luego inició una relación de pareja con ella, siempre la conoció como Daniela Bernal, sabe y le consta que en su círculo familiar y de amistades siempre ha sido conocida así, puesto que ha sido don Patricio Bernal, quien ha fungido como padre para ella, teniendo en consideración que tiene otros dos hermanos de este apellido. Lo anterior es refrendado por la segunda testigo, quien señala que conoce a la solicitante y es su amiga desde hace 14 años, y siempre la ha conocido como Daniel Bernal, el apellido de su padrastro, que ha sido su única figura paterna. Cuarto: Que al folio 1 rola el certificado de nacimiento de Daniela Andrea Gaete Vergara, Cédula Nacional de Identidad N° 19.130.564-7, nacida el 16 de octubre de 1995, hija de don César Ulises Gaete Martínez y de doña Viviana Carol Vergara Videla, inscrito bajo el N° 1.588 del Registro S de Nacimientos del año 1995 de la circunscripción San Felipe del Servicio de Registro Civil e Identificación. Foja: 1 Quinto: Que al folio 10, con fecha 20 de octubre de 2020, se evacua informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, que señala que la solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas, y adjunta copia de su registro de nacimiento y extracto de filiación, sin antecedentes. Sexto: Que consta, al folio 12, que el 2 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial extracto de la solicitud de cambio de nombre, sin que conste oposición. Séptimo: Que con el mérito de los antecedentes aportados, se ha acreditado que la solicitante cumple con los requisitos del artículo 1º de la Ley 17.344 para solicitar al cambio de nombre, por haber sido conocida por más de cinco años como Daniela Andrea Bernal Vergara y no contar con condenas en su extracto de filiación y antecedentes. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley 17.344,
Fallo
se declara que se autoriza el cambio de nombre de Daniela Andrea Gaete Vergara, Cédula Nacional de Identidad Nº 19.130.564-7, al de Daniela Andrea Bernal Vergara, conservando el mismo número de cédula de identidad. Modifíquese la partida de nacimiento en el Servicio de Registro Civil e Identificación, inscrita bajo el Nº 1.588, Registro S del año 1995, Circunscripción San Felipe. Regístrese electrónicamente la presente sentencia y notifíquese. Rol Nº V-169-2020 Sentencia dictada por don Francisco Cabezas Vergara, Juez Subrogante del Primer Juzgado Civil de Viña del Mar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , dieciocho de Enero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-01-18T13:30:18-0300
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Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-169-2020 CARATULADO : GAETE/ Vi a del Marñ , dieciocho de Enero de dos mil veintiuno Visto y teniendo presente: Primero: Que a lo principal del folio 1, el 5 de octubre de 2020, comparece, debidamente representada, doña Daniela Andrea Gaete Vergara, agrónoma, Cédula Nacional de Identid
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